Sevilla

Sevilla mantiene 16 municipios confinados por las restricciones hasta un nuevo BOJA

El Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla, en una imagen de archivo.

El Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla, en una imagen de archivo. / Ayto. de La Puebla de Cazalla

16 de los 107 municipios de la provincia de Sevilla se verán afectados por las medidas más duras de las anunciadas el viernes 15 por Juanma Moreno ante el avance de los contagios. Y así seguirán al menos hasta este miércoles 20 cuando se publicará la primera revisión de la incidencia acumulada de los municipios de la provincia.

Made with Flourish

Además, cinco de ellos, que tienen una tasa superior a los 1.000 contagios por 1000.000 habitantes, tendrán cerrada la actividad no esencial. Entre ellos se encuentra Pruna, con una tasa superior a los 5.900 contagios tras varios brotes asociados a fiestas en las fechas navideñas.

Además de Pruna, Algámitas, El Garrobo, El Palmar de Troya, Las Cabezas de San Juan, Gilena y La Puebla de Cazalla superan también el límite de 1.000 casos. Por debajo de esa cota, pero con más de 500 casos están, Osuna, Lora de Estepa, Los Palacios y Villafranca, El Viso del Alcor, Umbrete, Benacazón, La Puebla de los Infantes, Santiponce y Burguillos, por lo que los habitantes de dichas localidades no podrán salir de las mismas salvo justificación.

Cuándo se actualizan los datos de los municipios

Esta situación se irá actualizando de forma periódica y será el comité de alertas provincial quien decrete qué municipios salen de la lista de confinados y cual entra en función de la evolución. Las medidas vigentes en cada localidad pueden consultarse a través de esta página web.

El comité analizará la incidencia acumulada los lunes y los jueves de cada semana para decretar nuevas medidas o levantar las vigentes. Las revisiones se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y serán efectivas los miércoles de cada semana, en el caso de las revisiones de los lunes, y los sábados en el caso de las de los jueves.

Estas restricciones se conocen cuando vuelven a superarse el millar de casos diarios –este viernes fueron 1.216 más– y la presión hospitalaria está cerca de estallar de un momento a otro. Sí logran frenarse, no obstante, las muertes y las últimas horas dejan dos nuevos fallecidos, cifra idéntica a la que se comunicó el jueves, lo que significa que el total de víctimas por esta enfermedad desde marzo del año pasado sube hasta las 1.207.

Lo peor de la situación es que las experiencias recientes han enseñado cómo funciona el virus y la pandemia, de modo que a los días de grandes cantidades de casos nuevos detectados le siguen después ingresos hospitalarios que amenazan con desbordar los centros y a sus profesionales. Ahora mismo hay 279 personas ingresadas en los hospitales públicos de Sevilla, de las que 43 están en UCI. El dato supone un aumento general de 32 ingresos en apenas 24 horas.

En los municipios de grado 2, el caso de Pruna por ejemplo, se procederá al cierre de los comercios no esenciales con esta excepciones: 

  • 1. Establecimientos comerciales

    • Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.

    • Centros, servicios y establecimientos sanitarios.

    • Servicios sociales y sociosanitarios.

    • Farmacias.

    • Parafarmacia.

    • Centros o clínicas veterinarias.

    • Mercados de abastos.

    • Ópticas y productos ortopédicos.

    • Productos higiénicos.

    • Servicios profesionales y financieros.

    • Prensa, librería y papelería.

    • Floristería.

    • Venta de combustible.

    • Talleres mecánicos.

    • Servicios de reparación y material de construcción.

    • Ferreterías.

    • Estaciones de inspección técnica de vehículos.

    • Estancos.

    • Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.

    • Alimentos para animales de compañía.

    • Servicios de entrega a domicilio.

    • Tintorerías.

    • Lavanderías.

    • Peluquerías.

    • Empleados del hogar.

    • Mercadillos.

  • 2. Instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre

    Excepciones (y, por tanto, podrán abrir):

    • Para la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional.

  • 3. Competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría de edad y los federados a excepción de la categoría de edad absoluta.

    Excepciones (y por tanto sí se podrán celebrar):

    • Aquellas desde los 16 años a la categoría absoluta.

  • 4. Actividades de restauración

    Excepciones (considerados esenciales, y por tanto, podrán abrir):

    • Servicios de entrega a domicilio.

    • Recogida de comida de carácter social o benéfico.

    • Restaurantes de los establecimientos de alojamientos turísticos para uso exclusivo de sus clientes.

    • Los integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales.

    • Comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

    • Servicios de restauración de centros de formación y de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.

    • Los ubicados en centros de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada para posibilitar la actividad profesional de conducción.

  • 5. Visitas en los centros Residenciales de personas mayores

    No existen excepciones

  • 6. Celebración presencial de congresos, conferencias, reuniones de negocios, reuniones profesionales, seminarios, reuniones de comunidades de propietarios similares

    No existen excepciones

  • 7. Celebración presencial de espectáculos públicos, actividades recreativas y culturales

    No existen excepciones

  • 8. Establecimientos de juegos recreativos o de azar

    No existen excepciones

  • 9. Museos, cines, teatros, y en general de todos aquellos establecimientos o actividades en general cuyo fin sea el esparcimiento, ocio, recreo o diversión

    Excepciones (para lo que sí se permitirá su apertura):

    • Grabación, para su difusión a través de cualquier medio audiovisual o digital, respetando las medidas de higiene y prevención en el ámbito de la cultura.

  • 10. Peñas, asociaciones gastronómicas, culturales, recreativas o establecimientos similares

    Excepciones (para las que sí podrán abrir):

    • Entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios