Emasesa tendrá en cuenta las custodias compartidas en sus facturas antes de que acabe 2025
La compañía municipal ha cambiado sus ordenanzas para su entrada en vigor entre finales de noviembre y principios de diciembre
Emasesa está estudiando una adaptación de su normativa a casos como la custodia compartida
Una realidad cada vez más común en los hogares sevillanos –la de las custodias compartidas– y que, sin embargo, no tenía cabida en las facturas emitidas por Emasesa. Hasta ahora. La compañía municipal ha modificado sus ordenanzas y ya se ha trasladado al Ayuntamiento para su tramitación y aprobación. Como han confirmado fuentes del gobierno municipal a este periódico, debido a los plazos legales está previsto que esta modificación entre en vigor entre finales de noviembre y principios de diciembre.
Hasta el momento, Emasesa emite su factura en función de las personas empadronadas en una vivienda. Aunque este planteamiento sería lógico para una unidad familiar normal, se olvida de las parejas separadas. Situación en la que sólo una persona tiene la custodia de los menores, pero la otra lo acoge periódicamente en su domicilio. En estos casos, la empresa municipal aplica recargos –penalizaciones– por un supuesto consumo desmesurado sin realizar un análisis detallado de la situación de cada abonado.
Como denunció a este periódico una sevillana el pasado febrero, llegó a recibir facturas entre los 200 y los 300 euros por una “laguna jurídica” en su caso, que no es otro que el de la custodia compartida con su ex pareja. En su momento, esta vecina de La Rinconada indicó que, tras escribir varias veces a Emasesa exponiendo su situación, la respuesta fue “que lo entendían, pero no era posible hacer nada, porque oficialmente sólo existían dos personas empadronadas y como tal, teníamos penalización por el consumo excesivo de agua”. De hecho, así lo indica la misma página web de la compañía: “El número de habitantes por vivienda deberá ser acreditado por el titular del suministro mediante inscripción del titular del suministro en el Padrón Municipal del ayuntamiento correspondiente”. Una contestación que demostraba, a ojos de la sevillana, que la normativa “está obsoleta”, porque “el 95% de las custodias que se están dando son compartidas y no se está haciendo nada”.
De hecho, el grupo municipal Con Podemos - Izquierda Unida llevó este tema a la comisión permanente de control y fiscalización del Ayuntamiento a través de una pregunta oral y la contestación fue que se estaba “trabajando para adaptar la normativa a situaciones no contempladas actualmente, estudiando la posibilidad de añadir un cómputo adicional a los habitantes empadronados”.
Por tanto, este cambio en las ordenanzas será una buena noticia para miles de familias sevillanas y, además, se adapta a las nuevas realidades de la sociedad. Sin ir más lejos, hace apenas cinco años la compañía puso en marcha por primera vez la Tarifa Social con bonificaciones que van del 25% al 100% en función de los rendimientos íntegros conjuntos de las personas empadronadas en la misma vivienda. En todos los casos, la bonificación es aplicable a un consumo de hasta 110 litros por habitante y día, considerando este un consumo razonable y sostenible. Los beneficiarios pueden ser las personas empadronadas en el mismo hogar que acrediten la situación de vulnerabilidad, vulnerabilidad severa o riesgo de exclusión social.
Aunque todavía se desconoce cómo será la bonificación para las familias con custodia compartida, si se miran ejemplos como el de Málaga, su compañía municipal de aguas sí recoge este tipo de situaciones en sus ordenanzas.
En su página web, la entidad indica que pueden darse tres situaciones “para los progenitores separados o divorciados que compartan la custodia de hijos y uno de los cuales, al menos esté empadronado en Málaga”. En primer lugar, “si hay acuerdo entre los progenitores se considerará a efectos de facturación lo que indiquen en la solicitud firmada por ambos”. Otra opción, si la custodia es compartida, es “considerar la convivencia al 50%”. Por último, “si la sentencia judicial es con un convenio básico o equivalente se computará un 80% con la persona que ostente la custodia mayoritaria y el 20% con la otra”.
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