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Sevilla

Llama a una ambulancia con síntomas de infarto y recibe una factura de 727 euros

  • Al ser funcionaria, la paciente no está cubierta por la Seguridad Social sino por Muface, pero ni la mutua ni la aseguradora con la que ésta trabaja se hacen cargo del pago

La afectada muestra la documentación del caso.

La afectada muestra la documentación del caso. / Antonio Pizarro

Una mujer sevillana ha recibido una factura de 727,37 euros por la asistencia médica que le prestó el Servicio de Andaluz de Salud, después de que su marido llamara al 061 cuando creía que estaba sufriendo un infarto. La factura le ha llegado por ser funcionaria y estar cubierta por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface) y no por la Seguridad Social. Muface tiene un seguro médico concertado con la compañía DKV, pero ni una ni otra entidad se hacen cargo ahora del pago del servicio.

Los hechos ocurrieron el 30 de septiembre en el domicilio de esta mujer, que empezó a encontrarse mal, con un fuerte dolor en el pecho, sudoración y palpitaciones y sin fuerzas. La mujer llamó por teléfono a su marido, que se encontraba trabajando, y se dirigió rápidamente a la vivienda. Allí encontró a su esposa tumbada en la cama, sudando, pálida y con rigidez corporal. La señora apenas podía atender a las indicaciones de su marido.

Éste, asustado porque estaba en juego la vida de su mujer, decidió llamar al 061 para solicitar asistencia sanitaria, creyendo que podía padecer un infarto. De hecho los síntomas eran compatibles con un fallo cardíaco, como así hizo constar después el servicio de emergencias sanitarias en un informe. La paciente fue atendida por una ambulancia medicalizada (DCCU, Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias) del Servicio Andaluz de salud, y se le suministró una medicación con la que mejoró.

La sorpresa llegaría una semana después, el 5 de octubre, cuando la mujer recibió una notificación del Servicio Andaluz de Salud en la que se le solicitaba que presentase la documentación de su compañía aseguradora para proceder al cargo de los servicios sanitarios prestados por una "ambulancia UVI móvil terrestre en zona urbana, siendo tasado dicho servicio en 727,37 euros".

Tras varios intentos de contactar con un responsable de la compañía aseguradora, ésta envió un mes después una carta en la que se informa a la paciente de que ha utilizado "medios no concertados" por decisión propia y, por tanto, deberá abonar, "sin derecho a reintegro", los gastos ocasionados.

No hace referencia esta carta de la aseguradora a los casos de asistencia urgente de carácter vital, que son considerados excepciones a la norma. En un informe emitido por el 061, se detalla que la paciente, de 46 años, "presentaba síntomas compatibles con sufrir una isquemia cardíaca aguda, con una disminución del nivel de conciencia, no teniendo antecedentes de ningún otro tipo, por lo que se decide enviar una unidad medicalizada para su atención".

La mujer ha presentado varias reclamaciones a distintas instituciones y ha elevado el caso al Defensor del Pueblo Andaluz, al considerar que está sufriendo una discriminación por ser funcionaria y verse obligada a pagar una factura elevada por un servicio básico que es gratuito para cualquier ciudadano que esté cubierto por la Seguridad Social.

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