Urbanismo

El Ayuntamiento endurece las condiciones para convertir un piso en turístico

Vista general de varios edificios a escasos metros de la Catedral.

Vista general de varios edificios a escasos metros de la Catedral. / José Ángel García

El Ayuntamiento endurece las condiciones para convertir una vivienda en turística. La Gerencia de Urbanismo ha acordado elevar al próximo Pleno la aprobación provisional de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para cambiar la calificación de los pisos con fines turísticos como servicio terciario de hospedaje y no como de uso residencial. Esto se traduce en que quedarán reguladas al igual que el resto de alojamientos para turistas, como servicio terciario de hospedaje y no uso residencial.

En la práctica, la variación supone que estas viviendas se asimilan a hoteles, hostales, pensiones y apartamentos turísticos. Por tanto, tendrán idénticas condiciones y requisitos para su implantación en la ciudad y ubicaciones autorizadas dentro de un edificio de viviendas. Con esta iniciativa, el Ayuntamiento regula y ordena por vez primera esta actividad, en los límites marcados por sus competencias y tras un amplio periodo de consultas, pues hasta el momento carecía de una regulación específica a pesar del crecimiento que ha experimentado en los últimos años como consecuencia del auge del sector del turismo en la ciudad. La normativa surge de los acuerdos presupuestarios firmados con Podemos y tras reuniones con distintas entidades vecinales, la Asociación de Hoteles de Sevilla y Provincia, las entidades más representativas del sector de las viviendas turísticas, la junta municipal del distrito Triana y grupos políticos de la oposición. Además, se han tenido en cuenta las medidas al respecto adoptadas en otros destinos urbanos como San Sebastián o Valencia.

La utilización de una vivienda con fines turísticos en Sevilla estará sujeta a las condiciones para usos terciarios establecidas en el PGOU. Como en el caso de otros tipos de alojamiento turístico, una vivienda turística implica implantar un servicio terciario de hospedaje, teniendo que cumplir los mismos requisitos y condiciones que la normativa exige para estos establecimientos.

Por ejemplo, sólo se podrá implantar una vivienda de uso turístico en las plantas baja y primera en los casos de un edificio de uso residencial o terciario no exclusivo que se sitúe en las zonas calificadas en el PGOU como “centro histórico” (donde se concentra la mayoría de las existentes), “edificación en manzana”, “suburbana”, “ciudad jardín” y “unifamiliar adosada”. Sólo se podrá implantar, además de en planta baja y primera, en un segundo piso si el edificio es de uso no exclusivo para las parcelas calificadas en el PGOU como “edificación abierta” que, habitualmente, se localizan fuera del conjunto histórico. Igualmente, se requerirá un acceso adaptado (accesibilidad universal) al edificio. Y si hay más de tres viviendas de uso turístico será necesario disponer de dos accesos. Además, las que estén en la planta segunda deberán tener un acceso independiente. Y todas las que no se ubiquen en un bajo tendrán que contar con ascensor de manera obligatoria.

No son los únicos requisitos a partir de ahora. También se incrementarán notablemente las exigencias en diversos parámetros técnicos, por ejemplo, la anchura de las escaleras, los pasillos, la existencia de elementos de protección contra incendios, etcétera. De hecho, las viviendas que quieran solicitar licencia para uso turístico tendrán que presentar un proyecto de obras para evaluar estos parámetros que ahora no se tienen en cuenta. La modificación urbanística cambia las alusiones al uso terciario hotelero por uso terciario de hospedaje, servicio de alojamiento turístico que incluiría a estas viviendas también. Y el ámbito de aplicación de este cambio puntual afecta a la totalidad del término municipal de Sevilla, evitando así que la futura expansión de este tipo de alojamientos por otros barrios deje fuera de la regulación a estas viviendas.

La regulación no tendrá efectos retroactivos

Como consecuencia de esta precisión, es necesario modificar distintos artículos de las normas urbanísticas del plan general para sustituir el término hotelero por el de hospedaje, por ser éste un concepto más amplio que incluye todas las modalidades de alojamiento turístico reconocidas. Asimismo, se define el uso de hospedaje, que se equipara al servicio de alojamiento turístico definido en la legislación autonómica. En suma, se cambian todos los artículos en los que se hace referencia al uso hotelero, a fin de sustituirlo por el de hospedaje.

Esta modificación del PGOU ya fue aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de febrero del pasado año, tras lo que la propuesta fue expuesta públicamente. A lo largo de este periodo se han resuelto las alegaciones presentadas y sometido el documento al procedimiento de Evaluación de Impacto en la Salud, con informe favorable emitido por la Consejería de Salud y Familia de la Junta de Andalucía.

Una vez que esta regulación entre en vigor tras su aprobación definitiva, no tendrá efectos retroactivos, de modo que las nuevas condiciones que se aprueben no afectarán a la oferta actual de viviendas que ya funcionan como alojamientos turísticos. “Se trata, por un lado, de evitar los efectos negativos de la expansión de las viviendas con fines turísticos, como el aumento del alquiler turístico en detrimento del residencial, que ha podido generar el desplazamiento de vecinos de ciertas zonas históricas. Por otro lado, de que los diferentes modos de alojamiento compitan en igualdad de condiciones y exigencias en cuanto a su implantación, frente a la carencia de regulación concreta que tenían hasta ahora las viviendas turísticas y, en consecuencia, la competencia desleal existente. Y, por último, avanzar hacia un turismo más sostenible y propiciar la convivencia entre los turistas y residentes, conforme al nuevo modelo turístico de la ciudad de Sevilla”, según argumentó el delegado de Hábitat Urbano, Juan Manuel Flores.

Una mujer sentada en la terraza de una vivienda. Una mujer sentada en la terraza de una vivienda.

Una mujer sentada en la terraza de una vivienda. / José Ángel García

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