Sevilla FC | Lucha accionarial

Nuevo revés judicial a Del Nido Benavente: se deniegan las cautelares para salirse del pacto de agrupación de acciones en el Sevilla FC SAD

  • El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla hace pública la sentencia en contra de las tesis del ex presidente sevillista

Del Nido, en la cadena Cope antes de la última Junta de Accionistas.

Del Nido, en la cadena Cope antes de la última Junta de Accionistas. / José Ángel García

Nuevo golpe judicial contra José María del Nido Benavente en su guerra accionarial contra el actual Consejo de Administración del Sevilla Fútbol Club SAD encabezado por José Castro y José María del Nido Carrasco. La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha denegado las medidas cautelares solicitadas por el antiguo presidente sevillista por la agrupación de votos en la última Junta General de Accionistas de la entidad.

Según se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso Diario de Sevilla, "con fecha de 20 de junio de 2022 tuvo entrada en este Juzgado escrito del Procurador Inmaculada del Nido Mateo en nombre y representación de José María del Nido Benavente, por la que solicitaba la adopción de medidas cautelares previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil contra parte demandada, José María del Nido Carrasco, y la entidad Sevilla Fútbol Club S.A.D., que figuran en los presentes Autos y que detallaba en el mismo lugar. Se ofrecieron 3.000 euros de caución".

Tras el juicio ordinario celebrado, en la sentencia, firmada por Alejandro García Soler y su sustituto, Francisco Javier Carretero Espinosa de los Monteros, publicada este viernes 29 de julio de 2022, se establece que "no ha lugar a decretar la adopción de medidas cautelares solicitadas por la procuradora en representación de José María del Nido Benavente".

Dentro del equipo jurídico del Sevilla dirigido por Alberto Pérez-Solano y en el cual han llevado la defensa del Club y de José María del Nido Carrasco, respectivamente los socios de MA Abogados Lucas Fernández de Bobadilla y de Constitución 23, Juan Carlos Alférez, se interpreta la resolución como un gran triunfo judicial contra las tesis del ex presidente, pues se invalida su intención de cambiar la dirección del voto respecto al pacto de agrupación de acciones de diciembre de 2018 y del de sindicación de acciones suscrito por él mismo en noviembre de 2019 y de esta forma se garantiza la consolidación del mismo durante un espacio de dos años.

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