Hernández Maeso reflejó en el acta el retraso del Sevilla tras el descanso ante el Atlético

El extremeño cifró en "tres minutos" la tardanza del equipo en saltar al campo pese a recibir varias advertencias

La felicidad de Cordón

Los jugadores del Sevilla, en el calentamiento previo antes de comenzar el partido en el Metropolitano.
Los jugadores del Sevilla, en el calentamiento previo antes de comenzar el partido en el Metropolitano. / Fernando Villar / EFE

El árbitro del Atlético-Sevilla del pasado sábado, el extremeño Francisco José Hernández Maeso, reflejó en el acta del partido el retraso de tres minutos en la salida del equipo de Matías Almeyda para jugar la segunda parte, haciendo constar que fue avisado "en varias ocasiones". Aunque este asunto no debe acarrear sanción alguna de interés, según el reglamento, sí puede dar motivo a castigo en caso de reincidencia.

"La segunda parte comenzó con 3 minutos de retraso debido a que el Sevilla FC retrasó la salida de sus jugadores habiendo sido advertido en varias ocasiones", reflejó el colegiado nacido en Bruselas (Bélgica) pero adscrito al colegio extremeño. Tras el descanso del partido que los de Almeyda perdieron por 3-0 el pasado sábado llamó la atención que los jugadores del Atlético de Madrid tuvieron que esperar ya en el campo a su contrincante por un espacio de tiempo fuera de lo normal. De hecho, los narradores del operador televisivo, DAZN, entre los que se encontraba Monchi, hicieron algún comentario sobre este asunto, calificándolo de "estrategia" psicológica para desgastar al rival. Hay que apuntar que durante el descanso el Sevilla realizó dos sustituciones. Salieron Azpilicueta y Batista Mendy del once (ambos acababan de salir de una lesión) y entraron Gudelj y Nianzou, quien acabaría siendo decisivo al cometer el penalti a Giménez que significó el 1-0.

Parte final del acta arbitral del Atlético de Madrid-Sevilla.
Parte final del acta arbitral del Atlético de Madrid-Sevilla.

El Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) establece multas de hasta 3.000 euros para el club en caso de reincidencia, situación que ahora mismo no se da en el caso del Sevilla, que sí tendrá que ser más minucioso en este aspecto a partir de ahora. No obstante, la falta cometida por el Sevilla sí podría ser abordada en la reunión del Comité de Competición de este martes.

El artículo 89 del Código Disciplinario también prevé sanciones para los entrenadores en caso se reincidencia en los retrasos que podrían ir desde uno a tres partidos de suspensión, aunque siempre y cuando la demora se produzca en el acceso al estadio sin justificación y pese a que ello no impida la celebración del encuentro. "Cuando un equipo se presente en las instalaciones deportivas con notorio retraso no justificado, pero pese a la demora, esta circunstancia no impida la celebración del partido, o cuando se retrase en su salida al terreno de juego, tanto al inicio del partido como en el segundo tiempo, se impondrá al club multa en cuantía de hasta 3.000 euros. Tratándose de la primera de las infracciones previstas en el presente artículo, además se suspenderá o inhabilitará por tiempo de hasta dos meses a los/las directamente responsables, mientras que la segunda de las mismas, se considerará como una actuación no correcta del/de la entrenador/a titular del equipo infractor, que podrá acarrear su expulsión del terreno de juego y será sancionado/a con suspensión de 1 a 3 partidos."

En este caso, al ser tras el descanso y no haber habido expulsión de Almeyda por este motivo, no procede que se le imponga una sanción para el entrenador, pero el artículo sí refiere que la reincidencia puede ser objeto de una multa económica para el club.

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