Empleadas de hogar: Justificación de despido y derecho a paro
Las empleadas del hogar ven en el derecho a paro un paso más hacia la igualdad laboral.
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Se dice que "lo que con mucho trabajo se adquiere, más se ama". El hogar es uno de los bienes más preciados que puede adquirir una persona a lo largo de su vida, un lugar en el que crece la familia y que debe estar siempre en perfecto estado. Para ello, es indispensable la profesionalidad y el amor con el que desempeñan su labor las empleadas del hogar. Un arduo trabajo que, a veces, no es tratado de la misma forma que el resto de roles profesionales que componen la sociedad.
Es necesario saber que las empleadas del hogar tienen derechos y sus funciones no pueden ser erradicas de cualquier manera, sino que deben guiarse por una serie de pautas que bien marca la ley. Precisamente, en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores aparecen los motivos de un posible despido como puede ser fallecimiento del empelado, incumplimiento de sus obligaciones, finalización del contrato temporal...etc.
Justificación de despido
Existen dos tipo de justificación de despido: desistimiento y despido disciplinario. Cada uno de ellos tiene sus propias conclusiones.
Por un lado, el desistimiento no tiene por qué radicar en una actitud negativa y no es preciso en la mayoría de casos dar explicaciones por el cese del profesional. En esta situación, se deberá avisar con veinte días de antelación el despido, siempre y cuando el contrato sea superior a un año, si fuera inferior, bastaría con siete. Más tarde, la trabajadora debe contar con un rango de seis horas semanales para buscar empleo, horas que deberán ser retribuidas. Por último, se hará entrega de un escrito que confirme el despido y se hará entrega de la indemnización correspondiente.
En cuanto al despido disciplinario, se podrá romper el contrato de forma directa si se ha cometida una falta grave. En este preciso momento, se deberá atender a las siguientes cuestiones: no recibirá indemnización alguna, ni se está obligado a avisar de la ruptura laboral, únicamente habrá que disponer de un escrito en el que se argumente la decisión del despido.
Derecho a paro para las empleadas de hogar
Rotundamente, sí. El pleno del Congreso de los Diputados ha respaldado la ratificación del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por tanto, las empleadas del hogar tienen las espaldas cubiertas y el derecho a esta protección ante un posible desempleo.
Este convenio aprobado en los últimos tiempos garantiza que los derechos de las empleadas de hogar disfruten de condiciones equitativas y no menos favorables que las condiciones aplicables al resto de las personas trabajadoras.
Para finalizar, se informará de forma adecuada a todas las empleadas del hogar de los contratos, sus condiciones y prestaciones, siempre por escrito.
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