Sociedad

El TS admite a trámite el recurso contra el veto del 'burka' en Lérida

  • El TSJC avaló el acuerdo del municipio de prohibir el uso de esa prenda en edificios públicos

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por la asociación musulmana Watani contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que avala la prohibición del uso del velo islámico y otras prendas que oculten el rostro en los edificios municipales de Lérida.

El abogado de la entidad islámica leridana, Carles Antolí, explicó ayer que el Supremo ha aceptado la totalidad de las alegaciones presentadas.

Watani decidió recurrir ante el Supremo la sentencia que el TSJC dictó el pasado mes de junio y según la cual avalaba la decisión del ayuntamiento de Lerida de vetar el uso del burka y el niqab en los equipamientos municipales, convirtiéndose así en la primera ciudad española en la que se aplica una normativa de este tipo.

El TSJC, que en un primer momento suspendió de forma cautelar la aplicación del veto, al entender que podía comportar perjuicios muy difíciles de reparar, dictaminó finalmente que el consistorio es competente en materia sancionadora y reconoció su capacidad de multar a aquellas personas que, incumpliendo la nueva normativa, accedieran a espacios públicos con el rostro oculto.

Watani, sin embargo, defiende que esta normativa supone una discriminación por razones religiosas y regula un ámbito, el de la convivencia ciudadana, en el que nunca ha habido problemas con anterioridad, por lo que "no hay causa que justifique esta decisión".

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