Sociedad

Se acabaron las limitaciones horarias para los niños y el deporte en las zonas en fase 2

Los niños podrán salir a la calle, sin limitaciones de tiempo y veces, pero con medidas de seguridad.

Los niños podrán salir a la calle, sin limitaciones de tiempo y veces, pero con medidas de seguridad.

Desde el miércoles 27 de mayo, el Ministerio de Sanidad y su titular Salvador Illa, han autorizado la abolición de las limitaciones para los desplazamientos de los niños y la práctica de activad física no profesional en los territorios que se encuentren en la fase 2 del proceso de desescalada hacia la nueva normalidad.

Recordemos que, hasta ahora, los niños de menos de 14 años podían salir con la regla del 1-1-1-1: una vez al día, durante una hora, en un ámbito de 1 kilómetro máximo con respecto a su domicilio y acompañados de un adulto o un hermano mayor. El horario para estos paseos era de 9:00 a 21:00, recomendando evitar las horas pico para garantizar el distanciamiento social.

Hasta el día de hoy cada adulto podía salir con hasta tres niños que podían correr, saltar, hacer ejercicio y salir con sus propios juguetes pero no podían ir a los parques ni zonas ajardinadas comunes.

En todo caso, de acuerdo con la disposición de Sanidad, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), desde este miércoles los niños y niñas que residan en zonas en fase 2 -en el caso de Andalucía, toda la región salvo Málaga y Granada- podrán salir de sus domicilios a cualquier hora sin límite de tiempo ni de cantidad de veces. Obviamente, niños con síntomas como fiebre o tos, compatibles con la sospecha de poder tener coronavirus, o que estén en cuarentena, seguirán sin poder salir a la calle.

¿Y qué pasa con la actividad física?

En ciudades y localidades en fase 2 también quedan eliminadas las franjas horarias para la actividad deportiva no profesional, que podrá practicarse cuantas veces al día se quiera -también con mascarilla y distanciamiento social- en base a la disposición adicional quinta, con respecto a las medidas de flexibilización para los desplazamientos de la población infantil y práctica de la actividad física no profesional, en la que se expone: "No regirá limitación alguna respecto del número de veces al día en que se podrán realizar las actividades previstas en la Orden SND/370/2020, de 25 de abril y la Orden SND/380/2020, de 30 de abril".

Ambas autorizaciones, muy esperadas y deseadas tanto por las personas que realizan actividad deportiva diaria, como por las familias con hijos, se añaden a la orden del 16 de mayo que establece las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional derivadas del estado de alarma, en aplicación de la fase 2 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.

En los territorios que se encuentren todavía en fase 1, como Málaga y Granada, se mantienen las restricciones de los paseos de menores de 14 años y las franjas horarias para pasear y hacer deporte; aunque eso sí, con ciertas flexibilizaciones que las comunidades autónomas pueden aplicar, ya que el Gobierno ha permitido mover esas horquillas un máximo de dos horas, siempre manteniendo separados los horarios reservados a cada colectivo. En el caso de Andalucía aún no se han movido de las franjas originales establecidas.

Conviene recordar además que aquellos municipios de menos de 10.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por kilómetro cuadrado, no tienen ya que atenerse a los horarios establecidos.

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