Causa criminal

Condena por abusos sexuales en el programa Gran Hermano: cronología del caso

José María y Carlota en una emisión del programa Gran Hermano Revolution

José María y Carlota en una emisión del programa Gran Hermano Revolution / TELECINCO

El juzgado de lo Penal nº18 de Madrid ha condenado al exconcursante de Gran Hermano, José María López, a 15 meses de prisión por haber abusado sexualmente de Carlota Prado, otra concursante, durante la celebración del reality emitido en el año 2017 en Telecinco.

Además también ha condenado a Zeppelin TV, la productora del programa, como responsable civil subsidiario, a indemnizar a la víctima con 7.000 euros por haber permitido que se produjeran dichos abusos y por enseñarle el vídeo de la agresión a la joven.  

La sentencia recoge que esa noche la organización del programa dio mucho alcohol a sus concursantes y apenas comida, además de reprochar la forma en que enseñaron las imágenes a la víctima.

La Fiscalía pidió, durante el juicio, una pena de prisión para José María de dos años y medio de cárcel además de una indemnización para Carlota de 6.000 euros. Éste ha sido finalmente condenado a 15 meses de prisión. Además, se le condena a cuatro años de alejamiento e incomunicación respecto de la víctima y a indemnizarla en la cantidad de 6.000 euros como resarcimiento por el daño moral ocasionado.

En el juicio, el ahora condenado se negó a pactar con el fiscal al mantener que esa madrugada mantuvo relaciones consentidas con su compañera. "No tuve la percepción de que estuviera inconsciente", subrayó durante su declaración en la afirmó que "no abusó de Carlota".

Cronología de los hechos

Los hechos se remontan al 3 de noviembre de 2017, cuando se organizó una fiesta en el interior de la casa "en la que por el programa suministró a los concursantes bebidas alcohólicas", según ha recogido la sentencia.

Unos días antes José María López había iniciado una relación sexo afectiva con la también concursante, Carlota Prado. Esa noche la chica había comido poco y bebido bastante debido a lo que la propia organización del concurso les ofreció, por lo que su estado de embriaguez se fue acentuando conforme avanzaba la noche.

Sobre la 01:30 horas ambos fueron a acostarse a la cama que venían compartiendo. Ella se introdujo en dicha cama completamente vestida mientras que él se desprendió de sus pantalones.

Acto seguido el acusado se introdujo en la cama mientras que la joven permanecía en silencio. Tal y como recoge la sentencia, “guiado por un ánimo libidinoso y a sabiendas del estado de seminconsciencia en que se encontraba y aprovechándose de esta circunstancia, comenzó a realizar bajo el edredón movimientos de claro contenido sexual” pese a que la chica le dijo que no podía mantener relaciones, algo que queda recogido por las cámaras del programa. 

A continuación el acusado apretó su cuerpo contra el de la joven "en aras de satisfacer su deseo sexual, pese a que ella hasta en dos ocasiones levantó la mano como queriendo decirle que parara", relata la sentencia. Tras esto la concursante, que permaneció inmóvil y sin que pareciera estar disfrutando, se giró y quedó de espaldas al acusado. Él no paró en ningún momento a pesar de que ella dio señas de no estar cómoda.

La Fiscalía pone de manifiesto en su escrito que el joven, tras cubrir a ambos con un edredón, "continuó realizando tocamientos, frotamientos y movimientos de contenido netamente sexual, despojando a la víctima de su vestimenta, liberándole parcialmente de su ropa interior y desabrochándole el sujetador, pese a que esta se encontraba ya en estado de inconsciencia".

Mostraron las imágenes a la víctima

La sentencia también recoge cómo, a la mañana siguiente de los hechos, se le mostraron las grabaciones a la víctima sin avisarla, previamente, de lo que iba a visualizar. Sucedió “en una sala aislada, donde se encontraba sola y sin más compañía que la voz en off del conocido como 'Súper', sin preparación alguna de lo que se le iba a mostrar, sin asistencia previa acerca de lo que se le iba a mostrar y sin que ninguna cláusula contractual regulara el proceder en estas circunstancias”.

Mediaset no es responsable

A pesar de que el programa de Gran Hermano es emitido en Telecinco, del grupo Mediaset España, los responsables del conglomerado no fueron llamados a declarar. Los únicos acusados fueron la productora Zeppelin TV y José María López.

El juicio por el caso, que tuvo una duración de dos días, arrancó el pasado 3 de noviembre de 2022 con la declaración del acusado, que argumentó que las relaciones que mantuvo con Carlota Prado en la casa de Gran Hermano fueron consentidas, manifestando que no tuvo la percepción de que ésta estuviera inconsciente.

La única acusación que se presentó fue la Fiscalía ya que la víctima, cuyo abogado abandonó, decidió salirse del proceso. Tanto la productora como el condenado pueden recurrirla ante la Audiencia Provincial de Madrid.

 

 

 

 

 

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