Violencia vicaria: claves de la nueva ley y sus penas en España
El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto que tipifica por primera vez este delito específico para proteger a los hijos e hijas de víctimas de violencia machista
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El Gobierno español ha aprobado en el Consejo de Ministros el anteproyecto de ley contra la violencia vicaria, una normativa pionera que tipifica por primera vez como delito específico esta forma de violencia machista. La nueva legislación busca dar respuesta a una realidad devastadora: desde que existen registros oficiales, 65 niños han sido asesinados por sus padres o las parejas de sus madres con el objetivo de causar dolor a las mujeres, siendo tres de ellos en lo que va de 2025.
La violencia vicaria constituye una de las manifestaciones más crueles de la violencia de género, donde los agresores utilizan a los hijos como instrumentos para seguir maltratando a sus madres. El anteproyecto define claramente este tipo de violencia como aquella ejercida por parejas o exparejas para "causar dolor o sufrimiento a las mujeres" a través de sus hijos, menores bajo su tutela, ascendientes, hermanos o cónyuge.
La nueva norma supondrá un avance significativo en la protección jurídica de los menores en situaciones de violencia machista y otorgará herramientas más efectivas a los tribunales para castigar a los agresores. Su aprobación llega tras años de reivindicaciones por parte de asociaciones de víctimas y colectivos feministas que han reclamado una legislación específica para abordar este tipo de violencia.
¿Cómo se incorporará la violencia vicaria al Código Penal?
La principal novedad de este anteproyecto es la creación del artículo 173 bis en el Código Penal, específicamente dedicado a tipificar la violencia vicaria. Este nuevo artículo establecerá penas genéricas de hasta tres años de prisión, que podrán ser agravadas en determinadas circunstancias, además de penas accesorias que podrían alcanzar los cinco años.
Entre las medidas complementarias, destaca la prohibición de publicar o difundir contenidos que tengan relación directa con el delito cometido. Esta disposición busca evitar casos como el del libro "El odio", relacionado con José Bretón, condenado por el asesinato de sus hijos Ruth y José en Córdoba en 2011, un caso que conmocionó a la sociedad española y que se ha convertido en uno de los ejemplos más mediáticos de violencia vicaria.
La tipificación específica permitirá además un mejor registro estadístico de estos casos, facilitando su visibilización y el desarrollo de políticas públicas más efectivas para su prevención y erradicación.
Refuerzo de la protección a la infancia en procesos judiciales
Otro aspecto fundamental del anteproyecto es el fortalecimiento de la voz de los menores en los procedimientos judiciales. Actualmente, en casos de divorcio sin mutuo acuerdo, la legislación establece que solo es obligatorio escuchar a los niños mayores de 12 años, dejando a criterio judicial la audiencia a menores por debajo de esa edad.
El Ministerio de Juventud e Infancia está negociando con el Ministerio de Justicia para que sea obligatorio escuchar a todos los menores implicados en estos procesos, independientemente de su edad. Esta medida pretende garantizar el derecho de los niños y niñas a ser oídos en decisiones que afectan directamente a sus vidas, especialmente en contextos donde puede existir violencia machista.
La reforma busca implementar mecanismos adaptados a las diferentes edades y capacidades de los menores, asegurando que su participación en los procesos judiciales se realice en entornos seguros y con profesionales especializados.
La importancia de legislar contra la violencia vicaria
La aprobación de este anteproyecto responde a una necesidad urgente de protección. Los 65 casos de menores asesinados como forma de maltrato hacia sus madres evidencian la gravedad de un problema que hasta ahora carecía de un marco legal específico. Solo en los primeros meses de 2025 ya se han registrado tres víctimas mortales, lo que subraya la vigencia y actualidad del problema.
La violencia vicaria representa una extensión del maltrato hacia la mujer, utilizando lo que más quiere para causarle un daño irreparable. En estos casos, el agresor busca perpetuar el control y el sufrimiento sobre su víctima aun después de la separación, convirtiendo a los hijos en instrumentos para ejercer el máximo daño posible.
Expertos en violencia de género han señalado repetidamente que este tipo de agresión suele producirse tras la ruptura de la relación, cuando el maltratador ha perdido el control directo sobre la mujer. La nueva legislación permitirá actuar con mayor contundencia ante las primeras señales de este tipo de violencia, potencialmente salvando vidas.
¿Qué opinan los expertos sobre la nueva ley?
Especialistas en derecho penal y violencia de género han acogido positivamente esta iniciativa legislativa, aunque algunos señalan que será necesario acompañarla de recursos suficientes para su efectiva aplicación. Organizaciones como la Fundación Mujeres o la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas han destacado la importancia de contar con un marco legal específico.
Sonia Vaccaro, psicóloga clínica que acuñó el término "violencia vicaria" en 2012, ha subrayado en diversas ocasiones la necesidad de formar adecuadamente a todos los profesionales implicados en la detección y tratamiento de estos casos, desde jueces y fiscales hasta servicios sociales y sanitarios.
La nueva ley deberá ahora seguir su tramitación parlamentaria, donde podrá ser enriquecida con aportaciones de los distintos grupos políticos y organizaciones especializadas antes de su aprobación definitiva. Se espera que este proceso se desarrolle con la máxima celeridad, dada la gravedad y urgencia de la problemática que aborda.
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