El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: estos son los motivos por los que puedes faltar al trabajo sin perder el derecho a sueldo

Todo trabajador tiene derecho a un tiempo mínimo de descanso, así como a ausentarse del trabajo por una serie de cuestiones debidamente justificadas y notificadas

Empleados públicos atendiendo a varios ciudadanos.
Empleados públicos atendiendo a varios ciudadanos. / Europa Press

Las condiciones laborales se encuentran en una revisión continua debido a las políticas del Ministerio de Trabajo. Horarios, salario, jornada laboral... todo ello es susceptible de mejora, aunque no siempre se consigue. En este sentido, el Estatuto de los Trabajadores juega un papel esencial al recoger en su articulado los derechos y obligaciones que marcan la relación entre empleados y empleadores.

Uno de los aspectos que más dudas genera a la hora de firmar un contrato y desempeñar una determinada actividad profesional, es el tiempo de descando mínimo que recoge la ley y los motivos por los que el trabajador puede ausentarse de su puesto sin perder el derecho a remuneración. El artículo 37 del citado texto, relativo al Descanso laboral, fiestas y permisos, recoge todas estas cuestiones.

Límites a la jornada laboral: tiempo de descanso y fiestas

"Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo", sostiene el Estatuto. Asimismo, en el caso de los menores de edad, este espacio será de dos días como mínimo. Hay que tener en cuenta las ampliaciones y reducciones que afecten directamente a la jornada laboral en sectores que, por su peculiaridad, así lo requieran (artículo 34.7).

En cuanto a las fiestas, todo empleado tendrá derecho a disfrutar de catorce de ellas, con carácter retribuido y no recuperable; dos de ellas, locales. "En cualquier caso, se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, la Fiesta del Trabajo (1 de mayo) y la Fiesta Nacional de España (12 de octubre)".

Motivos por los que puedes faltar al trabajo sin perder el sueldo

Además de los festivos y los límites a la jornada laboral que establece el Estatuto de los Trabajadores, lo cierto es que también hay una serie de motivos por los que una persona puede faltar a su puesto de trabajo sin perder el derecho a sueldo. Esta medida cubre una serie de supuestos importantes de carácter personal, familiares y de necesidad que, en todo caso, es preciso justificar adecuadamente y avisar con anterioridad.

  • Quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho.
  • Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho.
  • Dos días por el fallecimiento del cónyuge o de parientes hasta el segundo grado. Si es necesario realizar un desplazamiento, esto se ampliará en dos días más.
  • Un día por el traslado del domicilio habitual.
  • Hasta cuatro días si las autoridades competentes determinan la imposibilidad de transitar por las vías de circulación necesarias para llegar al centro de trabajo, así como también cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente. Este permiso se prolongara, concluídos los cuatro días, hasta que cesen las circunstancias que lo justificaron.

Además, los trabajadores también podrán ausentarse de su trabajo en el caso de que se hallen ante " el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal" o para realizar acciones sindicales, exámenes prenatales o técnicas de preparación al parto.

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