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Mairena ha pagado el IBI más caro en 2014, Cazalla el menor

  • Dos Hermanas tiene uno de los tipos más bajos, aunque el valor catastral de sus viviendas es elevado.

A falta de que los impuestos y tasas para 2015 de los 105 municipios se publiquen, los valores de referencia son los de 2014. Atendiendo a los mismos y al impuesto que genera más ingresos, el de Bienes Inmuebles (IBI) urbanos, se puede concluir que, a la cabeza y con el tipo local más alto está Mairena del Aljarafe (0,836), seguida de la capital (0,81), Morón (0,80), Arahal (0,75), La Algaba (0,74), Valencina (0,73) Alcolea (0,72), Camas (0,71555), El Coronil y Lebrija (0,71) y El Real de la Jara (0,70). Así, el tipo no depende de que se trate de un área urbana o más o menos poblada. En el otro extremo, con el tipo más bajo, está Cazalla (0,36), seguida por un grupo de municipios que aplican el 0,40: Dos Hermanas, Gerena, Gilena, Marinaleda, Las Navas, La Roda, Tocina y Villanueva del Ariscal.

El ranking, en lo que afecta al gravamen local, sin otros factores que terminan encareciendo el recibo, ha cambiado desde 2013, cuando los tipos más altos los tenían Valencina (0,85) y la capital (0,847), por delante de Espartinas y Mairena del Aljarafe, que superaban el 0,76. Pero el hecho de que este gravamen, que se aprueba en el Pleno, sea bajo no implica que el recibo final lo sea también. Hay otros factores: los metros o la calle en la que se ubique el inmueble.

También el año de la última revisión catastral, es decir, cuando se fijaron los valores de la vivienda por los que hay que multiplicar el coeficiente. En Dos Hermanas son de 2006 y se revisaron en plena burbuja inmobiliaria. En Cazalla, de 2008, todavía con los precios altos. El alza que, hasta ahora, solía acarrear la revisión catastral se aplica en diez años. Hay ayuntamientos en los que, aunque se haya bajado incluso el gravamen municipal, los vecinos han ido pagando más.

A todo ello se une el que el Gobierno central ha prorrogado también para el año que viene las medidas excepcionales para reducir el déficit público que afectan al IBI. Así, por ejemplo, los municipios cuya revisión catastral es anterior a 2002 deben aplicar un tipo mínimo del 0,6 y un recargo del 10% en los recibos; los que tienen valores revisados entre 2002 y 2004, deben aplicar un tipo mínimo del 0,5 y un recargo del 6% para la mitad de sus inmuebles más caros. Si la revisión se hizo entre 2008 y 2011, el recargo es del 4%. De estas medidas sólo se libran los municipios con revisión catastral hecha entre 2005 y 2007, con los precios sobrevalorados entonces.

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