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A Bosch le va también el juego

  • El administrador judicial controla Reta Andalucía, una empresa dedicada a las apuestas deportivas. La ley prohíbe este tipo de prácticas, entre otros, a directivos.

José Antonio Bosch, quien hace unos días no pudo negar que le factura a una de las empresas que contrató para el Betis, Gesalus, no se ha quedado ahí en la que comienza a ser una prolífica aventura para él en el mundo del fútbol, ya que también es conocido que hace ya más de un año amplió competencias en su despacho profesional, Bolonia Abogados, al contratar a un jurista experto en derecho deportivo, y que incluso entabló asuntos profesionales con la Federación Andaluza de Fútbol, estas dos últimas actividades perfectamente legítimas pero, lógicamente, propiciadas por sus quehaceres en la entidad verdiblanca.

Empero, según la ley, no lo es tanto la que emprendió en octubre de 2012, ya que el administrador judicial del Betis se embarcó en una empresa de apuestas deportivas, algo que esta tipificado como prohibido para quienes ostentan cargos de responsabilidad en los equipos que son objeto de estas apuestas. Y hay que recordar que Bosch, quien representa el 51,34% del capital social de la entidad verdiblanca, es, amén de administrador impuesto por Mercedes Alaya, consejero y mandamás del club.

Y es que cualquiera que sepa conectar un ordenador y utilizar el socorrido buscador de Google para informarse podrá rápidamente leer que José Antonio Bosch Valero es apoderado solidario y secretario no consejero de Reta Andalucía S.L., abreviatura de Red Telemática de Apuestas. No en vano, el objeto de la empresa, que comenzó a operar el 4 de octubre de 2012, no es otro que "el diseño, organización, gestión, distribución y explotación de aquellos juegos y apuestas incluidos en el catálogo de juegos y apuestas de la comunidad autónoma de Andalucía, así como el mantenimiento de material de máquinas y aparatos de juegos o apuestas", según reza en la definición del objeto social de la empresa (constatable además en la web www.retabet.es).

Ocurre esto así porque Reta está a su vez relacionada con Euskal Kirol Apostuak S.A., empresa vasca dedicada también a las apuestas cuya red tiene ya en España más de 700 terminales para apostar online, amén de una extensa red de tiendas en las que efectuar las apuestas. No en vano, la citada sociedad vasca figura en Reta Andalucía S.L. con el cargo de presidente.

Entre los diferentes cargos de Reta Andalucía no hay ninguno más que pertenezca al Betis, pero sí alguno que mantiene desde hace años una estrecha vinculación con un alto cargo directamente relacionado con la entidad verdiblanca, quien, lógicamente, por no pertenecer directamente al club está en su pleno derecho de ejercer dicha actividad profesional.

No ocurre así en el caso de Bosch y serían hasta tres las leyes que con su actividad como integrante de una red de apuestas legales podría transgredir, según las fuentes jurídicas consultadas por este diario durante la investigación.

Una de ellas vendría otorgada por la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de la Regulación del juego, que dice en su artículo 6, de las Prohibiciones objetivas y subjetivas: "Queda prohibida toda actividad relacionada con la organización, explotación y desarrollo de los juegos objeto de esta Ley que, por su naturaleza o por razón del objeto sobre el que versen...". Y en el apartado 2.e, especifica textualmente: "Los directivos de las entidades deportivas participantes u organizadores respecto del acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta".

El artículo 41 de dicha Ley establece que la incompatibilidad sería una infracción de carácter leve, con sanciones que van desde el apercibimiento hasta una multa de 100.000 euros.

Sin embargo, la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 28 como infracciones muy graves, entre otras, "la participación del personal empleado o directivo de las empresas dedicadas a la gestión o explotación del juego, directamente o por medio de terceras personas, en los juegos y apuestas que gestionen o exploten aquéllas". Y en su artículo 31 establece sanciones de entre 30.000 y 300.000 euros para las infracciones muy graves de la citada ley.

Pero hay otra ley más que describe, aunque menos implícitamente, la que sería una actuación incorrecta de José Antonio Bosch. Se trata de la 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, que en su artículo 76 establece como infracciones graves, entre otras, "los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos" y "el ejercicio de actividades públicas o privadas declaradas incompatibles con la actividad o función deportiva desempeñada".

También hay que reseñar que el domicilio social de la empresa Reta Andalucía -su capital social es de 26.000 euros-, para que no se pueda dudar de la estrecha vinculación de Bosch con la misma, esta sito en la avenida San Francisco Javier, número 24, planta 9, módulo 12, de Sevilla, coincidente con el de Bolonia Abogados, el despacho propiedad de Bosch y en el que presta sus servicios como abogado.

Paradójicamente también, se da la curiosidad de que en la web de Reta Andalucía, según los apostantes, el Betis es uno de los tres principales candidatos al descenso de categoría, junto al Almería y el Rayo Vallecano.

Bosch, quien para defenderse de que había facturado a Gesalus, empresa que él mismo había contratado para el Betis, dijo que de algo tenía "que comer", devenga mensualmente al Juzgado 12.000 euros, a razón de 150 euros la hora y 80 horas mensuales, según un auto dictado por la juez Mercedes Alaya. Bosch es administrador judicial desde mediados de noviembre de 2010, es decir, que ha devengado (cobrado aún o no, pero con garantía de hacerlo), unos 450.000 euros por su ejercicio en estos tres años. En su día, la Fiscalía dijo que en la cantidad fijada por la juez había criterios de "dudosa legalidad" y "graves consecuencias jurídicas".

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