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Sevilla

La Audiencia rechaza un intento de imputar a otras 15 personas en Contsa

  • El tribunal confirma el proceso contra el dueño de la inmobiliaria, José Salas, y su esposa

La Audiencia de Sevilla ha rechazado un intento de los afectados por la presunta estafa piramidal de la inmobiliaria Contsa para imputar en la causa a otras quince personas, entre ellas el empresario sevillano Luis Castel.

La Sección Tercera de la Audiencia, en un auto al que ha tenido acceso Efe, confirma el proceso contra el dueño de Contsa, José Salas Burzón, y su esposa por presuntos delitos de apropiación indebida, estafa, delito societario y alzamiento de bienes en una presunta estafa piramidal a más de mil pequeños ahorradores.

Según la Audiencia, el empresario, "ayudado eventualmente por su esposa", llevó a cabo una gestión "fuertemente personalista" de su sociedad y por ello las personas que tenía como testaferros o titulares de sus filiales carecían de capacidad de decisión.

Los afectados pretendían imputar, entre otros, a empleados de Salas Burzón, a su suegro, a su chófer, a socios del empresario, a una empleada de Cajasol y a varios acreedores que presuntamente cooperaron "en la distracción de bienes inmuebles pertenecientes a las empresas del Grupo Contsa".

Sobre el empresario sevillano Luis Castel, la Audiencia dice que "no ayudó a la distracción de bienes" por el hecho de haber comprado a Salas dos pisos en la calle Asunción de Sevilla por valor de 400.000 euros y por haber adquirido la cesión de un crédito de tres millones de euros con garantía sobre un establecimiento en El Rocío. Por otra parte, según la Audiencia, Fernando L. C. "no aparece más que como un cualificado comercial" y "la sola captación de fondos no es suficiente para formular acusación cuando no se ejecutan labores principales ni accesorias de gestión de esos fondos".

José Luis O. D., administrador de la mercantil Lausanne Corporation, no ayudó a Salas a distraer bienes porque el principal acusado era el único con "capacidad real de administración sobre las empresas satélites", y José B. R. y Sinesio S. F. "eran meros trabajadores de Contsa, sin ninguna función de responsabilidad".

En cuanto a otras siete personas o entidades a quienes los afectados pretendía imputar, "eran deudores por inversiones en la sociedad", según el auto. La Audiencia rechaza además otras diligencias adicionales solicitadas por los afectados sobre "ilícitos penales no suficientemente investigados" porque no son "potencialmente trascendentes para la resolución" del caso y los recurrentes no han demostrado "de forma convincente" su necesidad.

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