Sevilla

Un juzgado avala el cierre del bar Kafka por varias infracciones graves

  • La sentencia desestima el recurso de los dueños del local, que fue multado con 30.000 euros y dos años de clausura.

Un juzgado de Sevilla ha avalado el cierre y la multa de 30.000 euros impuestos al bar de copas Kafka por varias infracciones graves. El establecimiento, situado en el número 27 de la calle Faustino Álvarez, fue objeto de una inspección de la Policía Local y Nacional la madrugada del viernes 7 de octubre de 2011. En ella, los agentes comprobaron que el local cometía hasta cinco infracciones de carácter grave: exceso de aforo, incumplimiento del horario de cierre, tener obstaculizada la única salida de emergencia con un aparato de aire acondicionado, permitir fumar en el interior del establecimiento y suministro de alcohol a un menor de edad.

El Ayuntamiento de Sevila dictó una resolución en la que multaba al bar con 30.000 euros (5.000 por cada una de las cuatro infracciones primeras y 10.000 por vender alcohol a un menor) y le obligaba a cerrar durante dos años. Los dueños del Kafka, la sociedad Lexus Consultores Legales de Urbanismo S. L., recurrieron esta resolución ante los tribunales y ahora el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 de Sevilla ha desestimado este recurso. La juez le da la razón al Ayuntamiento y avala tanto los dos años de cierre como la multa de 30.000 euros.

La sentencia, que no es firme y se puede recurrir, repasa las cinco infracciones. En el caso del exceso de aforo, la juez recuerda que se hallaban en el local 258 personas en el momento de la inspección, cuando la capacidad del bar era de 115. Esto se agravaba con el bloqueo parcial de la única salida de emergencia, en una de cuyas hojas se había colocado un aparato de aire acondicionado.

En cuanto al consumo de tabaco, la juez destaca que "no sólo se trata de un hecho ocasional ni que pueda pasar inadvertido, sino que es un hecho tolerado y permitido". Prueba de ello es que se contaron hasta 120 cigarrillos encendidos, los ceniceros estaban cargados de colillas y el ambiente cargado de humo, lo que "indica un consumo general, visible y evidente".

Sobre la vulneración de los límites horarios, la juez admite que el local podía cerrar a las cuatro y no a las tres como recogía el Ayuntamiento en su sanción. Sin embargo, esto carece de importancia porque la inspección se produjo a las 4:55, cuando ya se había pasado la media hora que se permite para desalojar el local.

La irregularidad penada con una multa mayor es la de dispensar alcohol a un menor de edad. Siendo mayor de 16 años, podía tener acceso al local, pero nunca consumir alcohol. Para la juez, los dueños del bar "no articulan prueba alguna que desvirtúe el principio de presunción de veracidad de la denuncia formulada por los agentes".

La asociación de vecinos Alameda Norte, que ha ejercido también la acusación en este proceso, se congratuló este martes de esta sentencia que "sitúa a los vecinos afectados por la actividad nocturna del local como las víctimas reales de una situación en la que el derecho a descanso ha sido reiteradamente violentado". El bar llevaba años siendo denunciado reiteradamente por los vecinos.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios