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Sevilla

La Audiencia excarcela a Samuel después de tres negativas del juez

  • El tribunal entiende que el joven no podía seguir en prisión porque se aproximaba al límite de cumplimiento de prisión preventiva para el encubrimiento que se le imputa · Deberá presentarse en el juzgado cada semana

Libre después de 298 días encarcelado en la prisión de Huelva. La Audiencia de Sevilla decretó ayer la puesta en libertad de Samuel Benítez Pérez, el último de los cuatro implicados en el asesinato y desaparición de Marta del Castillo -sin contar al asesino confeso, Miguel Carcaño- que permanecía privado de libertad.

El amigo de Carcaño, al que este último culpa en su última declaración de haberse encargado de la maniobra para deshacerse del cadáver con el coche de un familiar suyo, abandonó el centro penitenciario de Huelva a las 18.40 horas, en un vehículo en el que iba acompañado de su abogado defensor, Manuel Caballero.

La decisión de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que se produce menos de un mes después de que el quinto implicado, el menor apodado el Cuco, fuese trasladado a un piso tutelado de Puerto Real, ha resuelto finalmente la puesta en libertad del joven en la cuarta ocasión en la que se solicita esta medida.

Las tres veces anteriores que el abogado Manuel Caballero, que defiende a Samuel Benítez, pidió su libertad fueron rechazadas por el juez Francisco Molina de Asís, el titular del juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla que ha dirigido la investigación del caso.

El argumento principal que la Audiencia esgrime en su resolución para acordar la excarcelación se refiere estrictamente a los plazos legales de la prisión preventiva, según explicaron ayer fuentes judiciales. El tribunal no entra a valorar en el auto los indicios de criminalidad respecto a la presunta participación de Samuel en la ocultación del cadáver de la adolescente.

Las fuentes precisaron que, aunque no se ha adoptado ninguna orden de alejamiento sobre la familia de Marta -como sí ocurrió en el caso de el Cuco, al que se ha prohibido acercarse a menos de 50 kilómetros de Sevilla-, sí que se han dispuesto medidas severas para el control de su libertad, que incluye la obligación de que este imputado comparezca una vez a la semana en el juzgado. Esta misma medida es la que el instructor del caso impuso a Javier Delgado, el hermano de Miguel Carcaño, cuando fue puesto en libertad en mayo pasado.

Samuel está imputado por la presunta comisión de un delito de encubrimiento, que el Código Penal castiga con penas de seis meses a tres años, y la Ley de Enjuiciamiento Criminal -artículo 504- determina que cuando la posible pena a imponer sea igual o inferior a tres años, la duración de la prisión provisional máxima no puede superar el año, aunque este plazo puede prorrogarse por otros seis meses.

En el caso de Samuel Benítez y teniendo en cuenta que fuese condenado por el delito de encubrimiento, la pena máxima que podría imponérsele rondaría el año y los nueve meses de cárcel, según dijeron fuentes del caso, que estiman que podría aplicársele el artículo 66 del Código Penal, que determina la imposición de la pena en su mitad superior cuando concurre una circunstancia agravante, que en este caso podría ser la gravedad de los hechos, ya que penalmente no sería lo mismo encubrir un robo que un asesinato.

De cualquier forma y con una pena que ronde el año y los nueve meses de cárcel, Samuel Benítez, que carecía de antecedentes penales, no tendría que volver a ingresar en prisión, puesto que ya habría cumplido además casi diez meses de esa pena, añadieron las mismas fuentes.

La situación de Samuel podría ser distinta en el supuesto de que se le apreciara además el delito de profanación de cadáver que la familia de Marta imputa a todos los implicados. Este delito, que figura en el artículo 526 del Código Penal, castiga con penas de entre tres y cinco meses de prisión o multa de seis a diez meses la profanación de un cuerpo. La acusación se basa en una jurisprudencia del Supremo que condenó por este delito a unos acusados de incendiar un vehículo para ocultar el cuerpo de una persona a la que habían asesinado.

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