DERBI Betis y Sevilla ya velan armas para el derbi

tribunales

La Audiencia condena a 18 años de cárcel al ex militar cubano por el crimen de la gasolinera

  • El patrón del asesino confeso ha sido condenado asimismo a nueve meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas

La gasolinera del Polígono Calonge donde murió la víctima

La gasolinera del Polígono Calonge donde murió la víctima / Juan Carlos Vázquez

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 18 años y tres meses de cárcel al ex militar cubano Alberto Hernández Blanco por el asesinato de Manuel Jiménez Galbarro, ocurrido el 27 de noviembre de 2015 en una nave de Carmona aunque la víctima falleció en una gasolinera del Polígono Calonge a donde fue trasladada por tres amigos que le acompañaban.

En la sentencia, que se produce tras el veredicto de culpabilidad emitido por unanimidad por un jurado popular, la Audiencia condena al principal inculpado a 17 años y 6 meses de cárcel por un delito de asesinato y a 9 meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas, así como al pago de una indemnización total de 161.700 euros a los padres y las tres hijas de la víctima. 

Por su parte, el patrón del asesino confeso, José María Y. T. ha sido condenado también a 9 meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas, ya que el jurado popular consideró probado que ambos acusados tenían en su poder una escopeta de caza "sin poseer la licencia de armas necesaria para ello". En este caso, fue declarado culpable por ocho votos a favor y uno en contra. En su veredicto, el jurado declaró probado que los hechos tuvieron lugar sobre las 15:00 horas del día 27 de noviembre de 2015 en una nave de una urbanización de Carmona, cuando el principal condenado, "con intención de acabar con la vida" de la víctima, efectuó contra él "a muy corta distancia" dos disparos con la escopeta de dos cañones que portaba, causando al finado "tan graves lesiones internas que ocasionaron efectivamente su muerte poco después".

Según recoge la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), este acusado "era consciente" de que la víctima "no tenía ninguna posibilidad de huir o defenderse de su ataque mortal, pues él había irrumpido armado en la nave de modo inesperado, desde una habitación contigua, y había efectuado sus disparos de manera inmediata, sin previo aviso y a muy corta distancia, contra una víctima desarmada".

El jurado declaró probado que el principal acusado tenía en su poder una escopeta de caza "en perfecto estado de funcionamiento, careciendo de la necesaria licencia de armas para ello".

Respecto al segundo acusado, al que la Audiencia absuelve del delito de asesinato, el jurado también declaró probado que poseía una escopeta de caza pese a que "carecía de licencia de armas" y cuya custodia "había confiado" al coacusado cuando éste comenzó a trabajar y vivir en la parcela de su propiedad.

Sobre el arma homicida, el jurado entendió que pertenecía al patrón del ex militar, que la tenía guardada en la nave de la urbanización Mataluna de Carmona donde se produjeron los hechos y donde tenía acogido a Alberto Hernández, a quien le tenía "confiada" dicha escopeta.

Tras el veredicto del jurado, el fiscal del caso mantuvo su petición de condena para el ex militar cubano, al que atribuyó delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas, y reclamó una condena de 17 años y diez meses de prisión, una pena levemente inferior a la impuesta finalmente por el magistrado de la Audiencia José Manuel de Paúl Velasco.

Las defensa del ex militar cubano había pedido la pena mínima de 10 años y seis meses de cárcel por ambos delitos, mientras que el empresario solicitó la libre absolución, al igual que la Fiscalía, porque consideraba que no había motivos suficientes para inculparlo.

El ex militar cubano confesó sin ambages en la vista oral que le disparó en dos ocasiones y que lo hizo "a quemarropa, por sorpresa y sin darle tiempo a que reaccionara". El acusado reconoció que mató a Manuel Jiménez después de que éste y dos amigos –en realidad está acreditado que eran tres los acompañantes- se personaran en la nave de su patrón, el empresario José María Y. T. para reclamarle una deuda. Le decían "págame, págame" pero José María, que estaba tendido "en el suelo", no tenía dinero, según Alberto Hernández.

El ex militar dijo que su patrón pidió auxilio gritando y diciéndole que le "iban a matar" y en ese momento él salió de una habitación de la nave donde vivía, armado con una escopeta con la que efectuó los dos disparos, el primero al pecho, y el segundo le alcanzó en la espalda cuando la víctima se caía girándose hacia atrás.

Por su parte, José María Y. T. admitió la existencia de la deuda con Manuel Jiménez Galbarro, pero negó que estuviera relacionada con el robo de un cargamento de hachís. Según este acusado, le debía 1.100 euros de unas comisiones por algunos transportes, pero no la había saldado porque la víctima, a su vez, no le había devuelto dos máquinas elevadoras.

En el juicio declaró el jefe del grupo de Homicidios de la Policía Nacional, que relató cómo se produjo la captura del ex militar cubano con la ayuda del empresario, que fue a recogerlo cuando llevaba una semana huido.

El médico forense que examinó el cadáver de Manuel Jiménez señaló que la víctima tenía dos heridas causadas con una escopeta de caza, con proyectiles múltiples y precisó que en la primera herida, localizada en el reborde del costal izquierdo, todos los perdigones entraron "formando una bala, sin dispersión", por lo que la herida fue "a quemarropa", a muy corta distancia y quemó incluso la ropa del fallecido. El segundo disparo, realizado a algo más de un metro, lo alcanzó en la región dorso lumbar, en la espalda, y también afectó como la primera a órganos vitales, como los pulmones y el corazón, por lo que la causa de la muerte fue la pérdida de sangre masiva a nivel abdominal y torácico, dado que las lesiones eran "claramente letales".

Cuando recibe el segundo disparo, precisó el forense, la víctima se había girado e inclinado, pero no estaba aún caído en el suelo.

Los peritos de balística confirmaron que el primer disparo sería prácticamente "a cañón tocante", a una distancia que estiman entre uno y dos metros, mientras que el segundo lo sitúan entre dos y tres metros.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios