Planes de empleo de la Junta

El Supremo sentencia: los trabajadores de los Planes de Empleo tendrán que cobrar como los funcionarios

  • El fallo, que unifica doctrina, da pie a miles de reclamaciones en cientos de ayuntamientos andaluces 

  • Alcalá de Guadaíra, que presentó el recurso de casación, estudia reclamar a la Junta por el sobrecoste que tendrá que afrontar 

  • Los ayuntamientos de Sevilla y Málaga ya renunciaron a estos planes por la misma causa  

Una imagen de archivo de trabajadores contratados con estos planes de empleo de la Junta por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

Una imagen de archivo de trabajadores contratados con estos planes de empleo de la Junta por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. / M. G.

No hay vuelta atrás. Los miles de trabajadores que, desde el año 2014, han sido contratados de forma temporal por los ayuntamientos con los planes de empleo de la Junta (Empleo Joven, +30 y +45) no pueden cobrar menos de lo que se fija en los convenios colectivos de cada administración para su categoría. Y, si así ha ocurrido, tienen derecho ahora a que se les pague la diferencia si la reclaman. 

Así lo ha fijado el Tribunal Supremo en una sentencia, del 9 de noviembre, con la que unifica la doctrina en este sentido, tras el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, que fue objeto de varias de estas reclamaciones por programas como emple@30+, regulados mediante el decreto ley 9/2014 de la Junta, aunque acudió al Supremo porque había sentencias contradictorias. 

El Supremo confirma, por un lado, la validez de los contratos en la temporalidad, pero no en las diferencias salariales y recuerda que los ayuntamientos, como Alcalá, no se pueden "amparar en una norma autonómica dictada por una comunidad autónoma que carece de competencias para regular las relaciones laborales".

Alcalá estima que tendrá que desembolsar más de un millón de euros para hacer frente a las reclamaciones

"La subvención, como su nombre indica, es sólo una ayuda económica para el mantenimiento de una actividad y el fomento del empleo en este caso, pero no una excusa para incumplir con la normativa laboral en materia de retribuciones", insiste en el fallo, que no condena en costas. 

Como ejemplo, el caso que se analiza en la sentencia, el de un trabajador contratado seis meses en 2015 como oficial de segunda albañil, percibió un salario bruto de 925,73 euros. Pero según convenio e incluidos complementos y prorrateos de pagas extras, debía haber ingresado más de 1.990 euros brutos al mes. 

Para el Ayuntamiento de Alcalá, que por su población ha sido uno de los ayuntamientos que a más personas ha contratado con estos programas, supondrá un desembolso estimado de casi dos millones de euros, una cantidad muy importante dadas las características de su convenio colectivo. 

Teniendo en cuenta las sentencias previas, ya había previsto un fondo de contingencia en los presupuestos para hacer frente a la situación, que tendrá que activar ahora. Consciente de lo que podría ocurrir, a los 174 trabajadores que tiene contratados según los mismos programas ya se les está pagando según convenio, aunque ello ha supuesto que sólo se haya podido ejecutar el 28% de lo previsto.  

El Consistorio insiste en que el número, la duración y jornada de los contratos y el salario venían fijados desde la administración autonómica

Fuentes del gobierno local que preside la socialista Ana Isabel Jiménez, en coalición con Cs, han recordado, por un lado, que ya habían propuesto a la Junta y van a insistir en que "flexibilicen" las condiciones en las que se puede contratar a estos trabajadores, no a jornada completa, como se obliga, sino a tiempo parcial, o el número de contratos, de forma que se puedan ajustar a convenio sin descuadrar el presupuesto o renunciar a un programa importante para los desempleados. 

De hecho, ayuntamientos tan importantes como Sevilla o Málaga ya han renunciado a pedirlos por estas mismas circunstancias y el riesgo de tener que afrontar después pagos millonarios. 

Pero la sentencia podría tener también consecuencias para la Junta. Alcalá de Guadaíra ya está estudiando jurídicamente presentar una reclamación a la administración autonómica por "responsabilidad patrimonial" por un "defecto de regulación" que, de momento, van a tener que pagar los ayuntamientos. 

Otra posible solución, según el gobierno local, sería transformar estas subvenciones, de la Iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria, en unos fondos incondicionados para los ayuntamientos, que les permitan aplicarlos en el fin previsto, para personas inscritas en el SAE, que adquieren así experiencia o salen del paro después de un largo periodo de tiempo, pero respetando los convenios colectivos en cuanto a la retribución, como ha dejado claro el Tribunal Supremo.  

 

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