Andalucía

La Fiscalía reprocha que "no pusieran freno" al uso de las transferencias para el pago de las ayudas

  • Asegura que se puso en manos de Empleo importantes fondos públicos para que se gestionaran "a su libre arbitrio sin procedimiento alguno".

La Fiscalía Anticorrupción reprocha en su escrito de acusación que los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como otros integrantes del Consejo de Gobierno, como Gaspar Zarrías, Francisco Vallejo y Antonio Fernández, “no pusieran freno” a la utilización de las transferencias de financiación para el pago de las ayudas de los ERE, a pesar de que los informes de la Intervención General de la Junta que alertaban de las distintas irregularidades en el procedimiento que se estaba empleando.

En el escrito de acusación, que tiene una extensión de 40 folios, el Ministerio Público señala que los ex presidentes y los demás procesados no tomaron a la vista del contenido de la memoria de las actuaciones de la Intervención General de la Junta –que alertaban de las deficiencias- “decisión alguna en el ejercicio de sus funciones que pusiera freno al procedimiento” seguido por la Consejería de Empleo para la gestión presupuestaria de las ayudas sociolaborales y ayudas a empresas en crisis mediante la utilización de las transferencias de financiación del programa 31L

Y esa pasividad, prosigue la Fiscalía, tuvo lugar a pesar de que tenían “conocimiento de las irregularidades” que se recogían en los informes de la Intervención y de cuentas anuales de los auditores externos del IFA-IDEA, pese a lo cual siguieron “procediendo a la aprobación de los anteproyectos de presupuestos de los ejercicios siguientes y de sus modificaciones presupuestarias, en su caso”.

Esas “irregularidades o deficiencias” recogidas por la Intervención en las memorias, se “repetían” en los informes trimestrales que elabora la Intervención General de la Junta en el marco del control financiero permanente, y entre los destinatarios de esos informes estaban la ex consejera de Economía Carmen Martínez Aguayo y el entonces director general de Presupuestos Antonio Vicente Local, “sin que su contenido cambiara su proceder”.

Dice la Fiscalía que la “gravedad de la situación creada” como consecuencia directa y necesaria de la gestión presupuestaria del programa 31L mediante la utilización de las transferencias “debieron ser conocidas” por Griñán y Aguayo, así como por otros imputados que “tenían conocimiento, participaron y consintieron en la gestión presupuestaria”.

En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía señala además que Manuel Chaves, como presidente de la Junta, y los ex consejeros imputados –Gaspar Zarrías y Magdalena Álvarez, entre otros- tenían “conocimiento” de las deficiencias del sistema por el que se concedían las ayudas, y “con conocimiento de los incumplimiento y conciencia de las consecuencias que derivaban necesariamente del uso de las transferencias de financiación”, introdujeron en los presupuestos de la Junta para 2002 la aplicación presupuestaria en la que se recogían los créditos a favor del IFA en materia de relaciones laborales (concepto 440), en el programa 31L, conocido popularmente como el fondo de reptiles, según la terminología que empleó el ex director general de Trabajo y uno de los principales imputados Javier Guerrero.

En el caso de Griñán, el escrito de la Fiscalía asegura que en su condición de consejero de Economía tenía “conocimiento de las deficiencias que se recogen en el informe adicional complementario de 2003” de la Intervención General y de la “incertidumbre” recogida por los auditores de cuentas en su informe de dicho ejercicio, pero a pesar de ello Griñán y el entonces interventor general de la Junta Manuel Gómez así como otros imputados –Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Gonzalo Suárez, Jesús María Rodríguez Román, Juan Francisco Sánchez García y Miguel Ángel Serrano- “no hicieron actuación alguna en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas de velar por la integridad de los fondos públicos para iniciar los procedimientos y mecanismos previos para reintegrar o convalidar en su caso, los fondos públicos del programa 22E y 31L gestionados mediante transferencias de financiación al IFA-IDEA por la Consejería de Empleo hasta la fecha”.

La Fiscalía recuerda que la “reiteración y prolongación en el tiempo de estas ayudas exigen de una regulación como subvenciones ordinarias, en contraposición con las excepcionales”, y añade que Chaves y los otros imputados “no modificaron en ningún extremo el proceder de los ejercicios posteriores, interviniendo en la tramitación y aprobación en su caso del anteproyecto de presupuesto de la Junta para el 2005”, presupuesto que consignó como crédito inicial para la partida 31L más de 72 millones.

En el relato de los hechos, el Ministerio Público recuerda que la labor de fiscalización de la Intervención de la Junta de Andalucía puso de manifiesto en el ejercicio 2000 una serie de irregularidades en la gestión de las ayudas sociolaborales que concedía la Consejería de Empleo. Estos reparos de la intervención andaluza llegaron  a cuestionar y retardar el pago de este tipo de ayudas, lo que suponía un aumento de la conflictividad sociolaboral en la comunidad autónoma.

Los encausados, “para evitar esta labor de fiscalización de la Intervención que entorpecía y casi impedía este sistema de ayudas”, modificaron los presupuestos de la Junta de Andalucía introduciendo una aplicación presupuestaria, “las transferencias de financiación” al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), luego IDEA,  en materia de relaciones colectivas, que permitía “de manera consciente que los fondos públicos destinados a estos colectivos se gestionaran sin la obligada fiscalización crítica o previa”.

La transferencia de financiación, explica el Ministerio Público, es un mecanismo de financiación de las entidades públicas previsto para que éstas desarrollen la actividad genérica que legalmente tengan asignada  en su normativa, lo que determina un sistema propio de control tanto del movimiento de fondos públicos  de la Consejería de Empleo al IFA -fiscalización previa por el montante global de los fondos- como de la actuación que hacía este Instituto, que se limitaba a pagar lo ordenado  por Empleo,  a través de una fiscalización a posteriori mediante técnicas de auditoría, entre ellas, de muestreo.

La gestión de estas “ayudas sociolaborales”, de las que la Fiscalía recuerda que no se tenía público conocimiento porque al tratarse de ayudas excepcionales no tenían convocatoria a pesar de ser lo obligado ante su permanencia  por más de 10 años,  junto con otro grupo de ayudas que se englobaron en las denominadas “ayudas a empresas” -que también carecían de convocatoria-, por la Consejería de Empleo a través de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social (DGTSS)  ya no quedaba sujeta a una fiscalización previa individualizada, lo que permitió que, de hecho, no se tramitaran expedientes en los que quedase registrado cada fase de las ayudas -solicitud de los beneficiarios, declaración de la excepcionalidad de la ayuda a dar, examen la documentación y acreditación de la situación que diera derecho a percibir la ayuda, resolución de concesión , publicidad  y justificación-.

Adicionalmente, los encausados “buscaron no tener límites tampoco en los créditos presupuestarios para atender a estas ayudas que se concedieron sin sujeción a procedimiento”, dado que, al no haber fiscalización previa y ordenar el pago que hacía luego el IFA, la Intervención de la Junta no podía comprobar la existencia de crédito anual suficiente para  poder pagar los compromisos que se asumían por el Empleo.

Los encausados  hasta el ejercicio 2002 movilizaron los fondos públicos  al IFA mediante modificaciones presupuestaria aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de la Junta de Andalucía o por el titular de la Consejería de Economía y Hacienda, recogiendo en los anteproyectos de presupuestos desde dicho ejercicio y hasta el 2009 la aplicación transferencias de financiación al IFA en materia de relaciones laborales. En el ejercicio 2010 se aprobó una Encomienda de Gestión, sistema distinto que, “si bien dio una mayor apariencia de formalidad en la tramitación de la ayudas, no supuso cambio alguno en la gestión presupuestaria de los fondos”, añade la Fiscalía.

Como consecuencia de la ausencia de la fiscalización debida y de la debida convocatoria pública de estas ayudas, se puso en manos de la Consejería de Empleo, año a año, unos fondos públicos que gestionó “a su libre arbitrio sin procedimiento alguno”, vedando a la generalidad de los potenciales beneficiarios el acceso a las mismas por falta de publicidad, facilitando que personas que  ni siquiera pertenecían a la empresas accedieran a las ayudas, no fijando límites a la cantidad a percibir  por los beneficiarios, favoreciendo sólo a determinadas empresas y personas que se lucraron con dichos fondos y destinando los mismos a una finalidad ajena a la prevista de atender a situaciones de crisis  empresarial  -abonando campañas de publicidad, cursos de formación de voluntariado, etc...-

Esta gestión realizada por los encausados pertenecientes a Empleo era conocida por el resto de encausados puesto que se puso de manifiesto en los informes realizados por la Intervención andaluza desde el ejercicio 2002 , muy especialmente en el llamado “informe adicional” del ejercicio 2003 notificado en 2005, así como en los informes de auditoría de cuentas  de IFA/IDEA  -en particular el del 2003-  y en varios informes encargados por la Consejería de Empleo a despachos de abogados y consultores externos a la administración autonómica, en los ejercicios 2008 y 2009.

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