La Junta 'rellena' la ley hipotecaria de Aguirre que recurrió Rajoy

Valderas se fundamenta en la normativa de la Comunidad de Madrid impugnada por el Gobierno para la ley andaluza, aunque arma el apartado de la prevención para intentar evitar el recurso

Diego Valderas, ayer en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.
Diego Valderas, ayer en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.
Antonio Fuentes Sevilla

18 de septiembre 2013 - 05:04

La Junta de Andalucía presentó ayer el anteproyecto de ley para la protección de los futuros contratantes de hipotecas. Los redactores de la ley no ocultan que la norma "bebe" de la ley de Transparencia Hipotecaria de la Comunidad de Madrid, que aprobó Esperanza Aguirre y entró en vigor el 2 de julio de 2012. Fue recurrida el pasado enero ante el Tribunal Constitucional por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, por lo que se encuentra paralizada. El Ejecutivo entendió que en algunos de sus artículos el nivel de protección al consumidor es inferior al que se establece con la normativa estatal.

La Junta entiende que ha "mejorado" algunos de los artículos de la ley madrileña, sobre todo en lo referente a la información y la publicidad a la que se ven obligadas las entidades financieras. "Antes no había nada, se firmaban hipotecas con muy poca información, y la intención es que ahora las entidades sí tengan que suministrar esa información", subrayaron.

El vicepresidente de la Junta y consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales, Diego Valderas, consideró ayer en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que la norma tiene la suficiente seguridad jurídica. IU, socio de Gobierno del PSOE, pilota la política de vivienda y las relaciones con las entidades financieras. El decreto ley de función social de la Vivienda ya está paralizado por un recurso del Gobierno ante el Tribunal Constitucional.

El anteproyecto andaluz comparte con la norma madrileña gran parte de la estructura de su articulado, aunque el texto andaluz avanza en un par de medidas concretas y en algunos plazos más amplios.

Por ejemplo, la norma madrileña expone que las entidades de crédito deben facilitar por escrito una información detallada y sencilla de todas las cláusulas de la hipoteca. La Junta abunda en este apartado de las "explicaciones comprensibles y adaptadas" que deben facilitar las entidades y es aquí donde aporta las novedades. Entiende de esta manera que amplía la normativa estatal vigente.

Crea figuras en la información previa al contrato y además obliga a que sea personalizada. Obliga a las entidades financieras a tener disponible para el consumidor en la web o en las oficinas de la entidad financiera esta información, sin que sea preciso solicitarla por el consumidor. Crea dos figuras: el Documento de Información Precontractual Complementaria (DIPREC), y el Documento de Información Personalizada Complementaria que, entre otras informaciones, debe incluir una tabla de oscilaciones de los tipos de interés. Crea el Índice de Documentos de Entrega Preceptiva (IDEP) en el que se relaciona toda la documentación que las entidades deben poner a disposición del consumidor hasta que suscriba el crédito, así como la efectivamente entregada.

El anteproyecto de la Junta también obliga a la entidad crediticia a facilitar información básica en caso de que se indique un tipo de interés. En este sentido, deberá tomarse como referencia una hipoteca de 150.000 euros a 25 años, para que puedan compararse ofertas de diferentes entidades. Asimismo, deberá advertirse de la existencia de cláusulas suelo y techo y del posible riesgo de perder la vivienda en caso de incumplimientos.

Más allá de la información y la publicidad, todo lo demás es muy parecido a la normativa madrileña (que también exploró Cataluña) o a la legislación nacional.

La Junta copia que se reconozca a la persona avalista como protegida, el único artículo de los nueve del texto de la Comunidad de Madrid que no recurrió el Gobierno central (artículo 6).

Casi en su literalidad, el anteproyecto andaluz recoge la necesidad de que haya una evaluación de la solvencia del consumidor, que la Junta quiere se haga de forma gratuita, en cinco días y revisable. También que la entidad crediticia haga una oferta vinculante una vez efectuadas todas las comprobaciones. La Junta amplía a un mes el tiempo que debe mantener esa oferta. En la fase de escritura pública se establece que la persona interesada tendrá derecho a examinar la documentación, no sólo en el despacho del notario, sino que deberá disponer de una copia gratuita de la misma.

Hasta ahora los notarios se limitaban a preguntar si se entendía lo que se firmaba. A partir de las medidas del Gobierno central en mayo, los notarios tienen más competencias para informar de si los contratos contienen cláusulas abusivas. La Junta entiende que con su decreto se les obliga, pero es consciente que poco podrá hacer si no lo hacen. El texto no recoge que las sanciones afecten a este colectivo.

Las sanciones ya figuraban en la ley de protección a los consumidores de 2003, pero ahora se incrementa la cuantía. La infracción más grave si no se presta información a los futuros contratantes de hipotecas es de 600.000 euros. Precisamente, como estableció Madrid.

A la presentación del proyecto no le faltó el boato habitual y Valderas calificó de "pionera" o "novedosa" la iniciativa ante los "abusos" de las entidades financieras. Señaló que la futura ley, que espera se apruebe antes del 28 de febrero, viene a dar respuesta a las 225.000 quejas registradas en esta materia desde hace dos años. Valderas no aportó datos sobre los expedientes sancionadores a raíz de estas quejas o sobre otros productos, como las preferentes.

El PP-A consideró que la Junta llega un año tarde, porque el Gobierno ya legisló. En realidad, la normativa estatal apenas tiene contenidos de "prevención".

stats