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Andalucía

Multa al dueño de una empresa de 'puenting' por la muerte de una cliente

El Juzgado de lo Penal 4 de Granada ha condenado a pagar 1.620 euros de multa al responsable de la empresa que organizó el salto de puenting en el que falleció una joven británica de 23 años en julio del 2015 al considerarlo autor de una imprudencia menos grave con resultado de muerte. La sentencia fija una indemnización a la familia de la víctima de 90.000 euros y absuelve al monitor de la actividad, procesado por su participación en el accidente.

Los hechos se remontan al 21 de julio de 2015 cuando la joven murió en Lanjarón al golpearse con la pared de un puente tras lanzarse al vacío para practicar puenting. Ese día, un grupo de trece personas contrató los servicios de la empresa del condenado desde el conocido como Puente del Tablate, tras lo que el monitor procesado colocó el arnés a cada saltador, tensó las cuerdas y bloqueó los sistemas, aunque la víctima pidió después repetir el salto.

La joven se quedó entonces sola en la zona de salto, subió las escaleras, se puso de pie en la barandilla y se lanzó al vacío, todo antes de que el instructor tensase las cuerdas de sujeción y le diese la orden de salto. El juez relaciona el "fatal desenlace" del salto con un "problema de comunicación" al interpretar que aunque el monitor dijo a la víctima que no saltara, ella lo hizo sin las cuerdas tensadas.

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