Andalucía

Algarrobico: veinte años de una compleja y disparatada batalla judicial

Hotel del paraje Algarrobico en la localidad de Carboneras en plena construcción en el año 2005.

Hotel del paraje Algarrobico en la localidad de Carboneras en plena construcción en el año 2005.

El lugar fue utilizado como uno de los campamentos en los que se rodaron escenas de la película Lawrence de Arabia, que encumbró a Almería como uno de los platós más reconocibles en todo el mundo. Ahora se ha convertido en el perfecto ejemplo de lo que se debe evitar, de urbanismo sin el más mínimo respeto al entorno en el que se asienta.

De hecho, en declaraciones políticas se ha extendido como una expresión cotidiana; ante cualquier edificación cerca de la costa, no hay responsable que se precie que no diga aquello de "evitar un nuevo Algarrobico". En 2023 se cumplirán 20 años desde que comenzara su construcción y todavía hoy continúa en el centro del debate jurídico, político, social y económico en pleno parque natural de Cabo de Gata.

Hay que ser más que versado en Derecho para intentar comprender la maraña judicial en la que el hotel construido en el paraje de El Algarrobico, se ha convertido en un símbolo del urbanismo más salvaje y, al mismo tiempo, en el perfecto ejemplo de como la justicia carece de mecanismos suficientes para hacer frente a un caso complejo que se eterniza entre distintos órganos y que tiene como consecuencia final que veinte años después de iniciarse las denuncias y recursos, todavía no hay una fecha concreta para un derribo que es cuestión de años.

El antecedente inmediato data de nada menos que 1987. En aquella fecha el Ayuntamiento de Carboneras aprueba las Normas Subsidiarias que declaran urbanizable la zona en la que se asienta. Este fecha ha sido esgrimida en repetidas ocasiones por los promotores del edificio para justificar sus actuaciones posteriores, aunque todas ellas han sido desmentidas por sucesivas decisiones judiciales.

En el año 2001 la promotora del hotel, Azata del Sol, solicita la licencia de obras al ayuntamiento carbonero para iniciar la construcción del hotel que comienza las mismas en mayo de 2003 días después de que le fuera concedida. Ninguna consejería de la Junta de Andalucía, administración que dispone de las competencias sobre la ordenación del territorio, hace mención alguna a su situación.

Es en el año 2006 cuando se asiste a uno de los giros claves en el devenir del hotel, ya que una denuncia de la organización Salvemos Mojácar consigue que un juzgado de Almería ordene la paralización de las obras del hotel, que es ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dos años más tarde. Unos meses después, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número dos de Almería, dicta la nulidad de la licencia de obras concedida cinco años antes.

Desde entonces, en medio de una marea de recursos de las distintas partes, no se ha movido un solo ladrillo para continuar su construcción; es más, se han desmantelado puertas, ventanas y cuanto elemento aislaba al interior del edificio de la intemperie, con lo que si se tiene en cuenta su ubicación, apenas a unos metros de la costa, en el más que improbable caso que la justicia fallara en favor de continuar la misma, su integridad y seguridad estaría más que comprometida.

La batalla judicial del Algarrobico

Una de las innumerables protestas ecologistas en el hotel de Carboneras. Una de las innumerables protestas ecologistas en el hotel de Carboneras.

Una de las innumerables protestas ecologistas en el hotel de Carboneras.

En octubre de 2011 se conoce el primero de los fallos del Tribunal Supremo, en concreto de la Sala de lo Contencioso que estimó el recurso de la Junta (que por fin reacciona ante el aluvión de críticas recibidas por no salvaguardar los recursos de un paraje protegido), sobre el denominado Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) y la prevalencia del dictado en 1994 que concedía un mayor nivel de salvaguarda del entorno.

El auto dejaba poco margen a la dudad: el hotel del Algarrobico, no puede ser edificado. Alguno de sus párrafos eran más que contundentes: "De no aumentar la protección, se produciría un efecto devastador por la construcción del hotel". 

Ese mismo año -2011- comienza a hablarse por primera vez del derribo del hotel, en concreto por parte de la consejera de Obras Públicas Josefina Cruz Villalón y del titular de Medio Ambiente, José Juan Díaz Trillo, quienes coinciden en "esperar a que termine todo el proceso judicial antes de proceder a su demolición". 

El TSJA recoge la resolución del Supremo y el 4 de febrero de 2012 dio a la Junta y al Ayuntamiento diez días para declarar el suelo como "no urbanizable", algo que supondría automáticamente la declaración del edificio como "ilegal". De hecho, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, publicaba una resolución en la que se aseguraba que esos terrenos gozan "de la mayor protección ambiental".

El incumplimiento del PORN no fue el único tropiezo legal al que se enfrentó el hotel. Nuevamente el Tribunal Supremo, en la desestimación de un recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra un fallo de la Audiencia Nacional que consideraba ajustada a derecho la Orden Ministerial que ampliaba a 100 metros la zona de servidumbre del tramo del litoral donde se asienta el hotel, aseguraba que el mismo incumplía también la Ley de Costas y señalaba al Consistorio como el responsable de no haber vigilado por su cumplimiento.

La sentencia del TSJA

Las obras en el hotel están paralizadas desde hace 16 años. Las obras en el hotel están paralizadas desde hace 16 años.

Las obras en el hotel están paralizadas desde hace 16 años.

El TSJA daba el junio de 2012 uno de los varapalos más contundentes a la Junta de Andalucía desde que comenzara el proceso judicial. El fallo estaba plagado de reproches a la actitud mantenida por el Ejecutivo andaluz a quien ponía en su sitio al cambiar el nivel de protección, algo que fundamentó en que "las reducidas dimensiones del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hacía de difícil legibilidad" determinar con certeza en qué zona estaba incluido el paraje "cuando sin ningún género de dudas" se veía que se localizaba en subzona no urbanizable y añadía que "más bien parece haber sido una triquiñuela" para adaptar la norma medioambiental del parque natural al planeamiento urbanístico de Carboneras. No puede aceptarse que por un "mecanismo tan burdo como una mera corrección de errores se cambie la proyección de un suelo, pasando de especial protección a urbanizable".

Por si faltaba poco, uno de los párrafos era más que concluyente: "si pudiera sobreentenderse que una enorme masa de ladrillos, infringiendo la zona de servidumbre marítimo-terrestre y ocupando una gran extensión, supone de por si una degradación medioambiental, esta situación fáctica no es debida a la propia evolución natural de la zona sino a una agresiva acción humana, por lo que ha de ser resulta por otros cauces y no por modificando a la baja el nivel de protección de la zona".

La deuda que deja el hotel de Carboneras

En paralelo, comenzaban las negociaciones entre el Gobierno central y la Junta de Andalucía, capitaneados por los entonces ministro, Miguel Arias Cañete y consejero (y actual ministro), Luis Planas, para negociar el pago del derribo del hotel que por entonces se cifraba en un montante superior a los 7 millones de euros que se acordaron abonar entre las dos administraciones.

El TSJA dio la puntilla a todo el entramado judicial en 2014, cuando confirmó que la Junta de Andalucía es la propietaria de los terrenos en los que se asienta por los que deberá abonar 2,3 millones de euros a la promotora, Azata del Sol.

Buena prueba del retraso judicial y la contradicción en la que se asientan sus decisiones, en 2014, el TSJA dictaminó que el terreno en el que se asienta el hotel es, nuevamente, urbanizable, algo que según colectivos ecologistas "contradecía cuatro fallos del Alto Tribunal andaluz y una resolución del Supremo" y presentaron un recurso en el que solicitaban la recusación de tres magistrados.

El 30 de junio de ese año, el TSJA declaraba legal la licencia de obras, un asunto que llegó hasta uno de los pocos tribunales que no se había pronunciado sobre el tema, el Constitucional que no admitió a trámite el recurso sobre la legalidad de la licencia de obras.

Hasta conocerse el actual (y todo parece que definitivo) fallo del Supremo, en febrero de 2016 se vivía el último capítulo de toda esta historia judicial, cuando falló en contra del fallo del TSJA que declaró urbanizable el suelo en el que se edificó el hotel.

La disparidad de criterios según las sentencias

Llegó a tal punto el disparate judicial que en abril de 2014, Lorenzo del Río, presidente del TSJA, pidió al Supremo que "unifique la doctrina" sobre las resoluciones emitidas en el caso del Algarrobico, ante el "criterio distinto de una sentencia a otra"

En otro ejemplo del disparate judicial que rodea al hotel, el mes pasado, el Ayuntamiento de Carboneras remitía al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el primer informe quincenal para rendir cuentas sobre las actuaciones que estaría llevando a cabo para cumplir la sentencia dictada hace seis años, en 2016 que le obliga a calificar el suelo de El Algarrobico como no urbanizable de especial protección en el que afirma que está "a la espera de un informe municipal" para convocar el pleno que apruebe la modificación de la normativa urbanística.

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