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Juicio de los ERE

La ex interventora general insiste en que no apreciaron "delito", sólo irregularidades

  • Rocío Marcos muestra su discrepancia con varias conclusiones del informe pericial de la IGAE, sobre todo con la afirmación de que las transferencias de financiación eran "ilegales"

Rocío Marcos.

Rocío Marcos. / EFE

La ex interventora general de la Junta de Andalucía Rocío Marcos ha insistido este miércoles, en su tercera jornada consecutiva declarando en el juicio del "procedimiento específico" de los ERE, que las deficiencias que detectaron en la concesión de las ayudas sociolaborales y a empresas no eran constitutivas de "delito", sino tan solo irregularidades administrativas.

La testigo ha señalado a preguntas de la abogada Encarnación Molino, que representa al ex consejero de Innovación Francisco Vallejo, que la emisión por parte de la Intervención de informes que recogían salvedades no necesariamente tienen que enmarcarse como infracciones delictivas, porque las "debilidades o irregularidades administrativas no son delito" ni tienen necesariamente que ser "ilegalidades".

El Tribunal de Cuentas ha dictado ya seis sentencias condenatorias por los ERE, en las que aprecia menoscabo de fondos públicos

Rocío Marcos ha insistido en que no se plantearon que estuvieran "ante un delito", porque "no todos los procedimientos irregulares, y algunos hasta sin crédito", pueden considerarse menoscabo de fondos públicos, si bien al ser preguntada por las seis sentencias que ha dictado hasta ahora el Tribunal de Cuentas condenando a ex altos cargos a devolver las cantidades de varias ayudas, la ex interventora ha afirmado que "en este caso, probablemente lo habrá [menoscabo de fondos públicos], dado que se están pronunciando los tribunales".

La que fuera responsable máxima de la Intervención de la Junta entre los años 2010 y 2012 ha reiterado su opinión de que las transferencias para el pago de las ayudas podían ser inadecuadas pero no ilegales, porque las transferencias son un instrumento por el que se "financia la actividad de la empresa, cualquier actividad que sea lícito que pueda desarrollar, incluida la concesión de subvenciones", ha defendido, aclarando asimismo que si el IFA/IDEA fuese quien concediera las subvenciones no habría ningún uso inadecuado de esas transferencias de financiación, porque estarían sometidas a la propia fiscalización y control de la agencia.

Esa interpretación de que las transferencias financian la actividad de la empresa, ha continuado explicado la testigo, viene contemplada en dos normas concretas: la ley 14/2001 de Presupuestos de la Junta para el año 2002 y en el artículo 18 de la ley 15/2001, de acompañamiento a la ley de Presupuestos que "ha seguido vigente".

Rocío Marcos ha mostrado además su discrepancia con varias de las conclusiones a las que han llegado los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) que realizaron el informe pericial sobre las ayudas. Entre las discrepancias, la testigo ha citado la afirmación de que la Junta "no tiene competencias en materia de ayudas sociolaborales"; también la negativa de que el IFA/IDEA tuviera potestad subvencionadora, y sobre todo que las transferencias de financiación eran "ilegales" -los peritos sostienen que sólo podían ser utilizadas para equilibrar la cuenta de pérdidas y ganancias-, dado que a su juicio las transferencias "no tienen defectos de presupuestación". La presupuestación de las transferencias "no eran en absoluto anormal en aquel momento", ha sostenido. 

También ha señalado que las dos modalidades de control, la fiscalización previa y el Control Financiero Permanente, son completamente distintas pero están moduladas, aunque ha indicado que el control previo de todo "es imposible" y el Control Financiero Permanente realiza un control de la entidad a través de un muestreo, como ocurre con la Sanidad o la RTVA, ambas sometidas a Control Financiero Permanente.

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