Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "Si puedes demostrar que la empresa ha falsificado el registro horario, la Inspección de Trabajo podrían multarla con hasta 7.500 euros"
La recopilación de pruebas es fundamental para reclamar que se abonen o se devuelvan las horas extras que el jefe ha ido adeudando durante el año
El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 34 la obligación de las empresas a garantizar el registro diario de jornada, que debe incluir "el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo". No obstante, son muchas las personas trabajadoras que se ven presionadas para firmar un registro que no se corresponde con las horas efectivas de trabajo que, por lo general, suelen ser muchas más.
"Si trabajas más de lo que firmas, te están robando tiempo y dinero", asegura el aboado laboralista Ignacio de la Calzada en una de sus publicaciones en Instagram (@un_tio_legal_, con más de 700.000 seguidores). El registro horario debe reflejar fielmente la duración real de la jornada de trabajo: "Si pone que es de 8 a 5, debes trabajar de 8 a 5 y no quedarte más porque te lo pidan", arguye el letrado. En este sentido, ¿qué puedes hacer si tu empresa te obliga a falsearlo?
Grabaciones y otras pruebas para demostrar que te deben horas extras
Según este abogado, existen básicamente tres opciones para actuar frente a esta ilegalidad. La primera es ceñir la duración de la jornada de trabajo a lo recogido en el registro horario. "Es un documento oficial y, si estás haciendo 40 horas, nadie puede reprocharte nada", apunta de la Calzada. En este caso, firmarás el registro horario, pero te irás a la hora indicada.
Otra posibilidad es negarte a firmar un registro horario falseado. Para ello, es fundamental grabar una conversación con tu jefe, en la que le expliques que no lo firmas porque estás trabajando más horas, que ni te las devuelve ni te las paga. Este abogado laboralista propone dejar constancia en la conversación de las horas extras que te deben del último año. "Desde ese momento, te irás a tu hora", añade de la Calzada.
"Si les interesa que te quedes te las pagarán y, si te quieren echar, será un despido nulo, ya que podrás demostrar que te has negado a hacer más horas sin cobrar y les has reclamado las que te deben", señala este experto.
Finalmente, puedes obtener pruebas de que haces más horas de las que marca el registro. Para ello tienes varias opciones como activar la geolocalización de tu móvil, enviarle un mensaje a tu jefe indicándole a la hora que te has ido o realizar fotos, vídeos o grabaciones para demostrar la hora real a la que te vas del trabajo habitualmente.
Sea cual sea el método, si tienes pruebas de que la empresa te debe horas extras, podrás presentar una reclamación ante el Juzgado de lo Social. De este modo, podrías alcanzar un acuerdo con la empresa para que te las paguen, o bien para que te las devuelvan. "Además, si se puede demostrar que la empresa ha falsificado los registros horarios, podrían tener una multa de hasta 7.500 euros por la Inspección de Trabajo", concluye el abogado.
El registro horario digital, a votación con la reducción de jornada en el Congreso
El acuerdo alcanzado entre Gobierno y sindicatos para la reducción de jornada establece asimismo la obligación de las empresas a implantar un registro horario digital para garantizar el cumplimiento efectivo de la jornada laboral, al que la Inspección de Trabajo y los representantes de los trabajadores puedan acceder de forma remota. En este sentido, la reforma mantiene la prohibición de realizar horas extraordinarias para los trabajadores a tiempo parcial, sin que la suma de las horas ordinarias y complementarias, incluidas las previamente pactadas y voluntarias, puedan exceder el nuevo límite legal.
Además, las empresas deberán entregar a los trabajadores a tiempo parcial una copia del resumen de todas las horas realizadas cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias, junto con el recibo de los salarios. Por otro lado, el incumplimiento por parte de la empresa en materia de registro de jornada dará lugar a que se presuma celebrado a jornada completa el contrato de los trabajadores a tiempo parcial, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.
Las enmiendas a la totalidad presentadas por PP, Vox y Junts a esta propuesta se votarán en el Congreso de los Diputados el próximo miércoles 10 de septiembre.
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