El primer fallo judicial en el caso de Volkswagen en España da la razón a la firma
Un juzgado de primera instancia de Torrelavega (Cantabria) ha desestimado la demanda presentada por un cliente que solicitaba a Volkswagen la devolución del dinero pagado por la compra de un vehículo afectado por el trucaje de los motores diésel.
En la sentencia, contra la que cabe recurso, se asegura que la oferta realizada por Volkswagen, de solucionar el problema del "software mal intencionado" sin coste alguno para el propietario, es "la adecuada y no existe causa alguna que justifique su rechazo". Para el juzgado ninguna de las pruebas presentadas por el demandante -propietario de un Volkswagen Tiguan 2.0 TDI por el que pagó 34.541 euros- prueban que Volkswagen-Audi España o el concesionario que se lo vendió tuviesen conocimiento de la instalación del software.
Tampoco el denunciante ha probado que sea una "persona con especial preocupación por el medio ambiente" o que pertenezca a alguna asociación, haciendo aportaciones económicas o participando directamente en sus actividades de propaganda o concienciación social. Para el juez, el vehículo es apto para la circulación y no representa un peligro serio para el medio ambiente, porque ni la Autoridad Nacional, ni la Unión Europea, han pedido la retirada de los turismos y comerciales afectados por el programa informático citado.
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