Un nuevo laudo rebaja un 40% el salario de los pilotos que se incorporan a Iberia

Reitera que la 'low cost' es legal y reduce a entre 28.000 y 38.000 euros el sueldo inicial

Vuelo inaugural de 'Iberia Express' el pasado mes de julio.
Vuelo inaugural de 'Iberia Express' el pasado mes de julio.
R. E. Madrid

27 de diciembre 2012 - 05:02

Los nuevos pilotos que se incorporen en Iberia tendrán una reducción salarial del 40% de media, según recoge el nuevo laudo emitido por Jaime Montalvo, de forma que un copiloto recién incorporado percibirá entre 28.000 y 38.000 euros al año, frente a los 88.000 que cobra actualmente en su nivel más bajo. El tope salarial para los copilotos que operan en Express, con un límite de actividad de 14 años de antigüedad, será de 78.408 euros anuales, según el dictamen de Montalvo.

El árbitro defiende que si Iberia reduce el número de copilotos en la matriz -al transformarse en pilotos en su paso a Express- y la compañía cubre estas bajas en Iberia con nuevas contrataciones a costes más bajos el ahorro es "muy relevante".

Tomando como referencia un informe de Deloitte aportado por Express, señala que un piloto de Iberia que ingrese en enero de 2013 cobraría 34.400 euros el primer año y 79.120 euros al cumplir seis años de antigüedad. Asimismo, vincula los incrementos salariales de pilotos de Iberia y Express para 2013 y 2014 al resultado neto de explotación (Ebit) de la matriz, con un incremento máximo del 1,5% si se superan los 150 millones de euros. Hasta septiembre, Iberia acumulaba unas pérdidas operativas de 262 millones de euros.

Montalvo reconoce en su nuevo laudo la facultad de Iberia para constituir las empresas que estime convenientes para el mejor desarrollo de su actividad y, en concreto, a Iberia Express como "entidad empresarial con plena autonomía de gestión", pero pone límites a su desarrollo. Concretamente, Iberia Express tendrá que limitar su capacidad al 25% del número total de asientos por kilómetros operados (AKO) ofertados por Iberia Operadora, la matriz. Asimismo, Express no podrá efectuar rutas de largo radio, de más de seis horas.

Las escalas de los vuelos se reducen a 35 minutos en el corto y medio radio, lo que lleva consigo un aumento de la carga de trabajo y de las responsabilidades de la tripulación. Contempla la posibilidad de establecer bases fuera de Madrid, sin coste adicional para la empresa, para aquellos pilotos que acepten ser adscritos a las mismas de forma voluntaria.

El segundo laudo de Montalvo, emitido el 21 de diciembre, tendrá una vigencia de dos años, hasta el 31 de diciembre de 2014. Establece un ámbito de vigencia temporal teniendo en cuenta que se están planteando negociaciones para un plan de viabilidad en la compañía.

El árbitro recomienda a Iberia que desista de la demanda de conflicto colectivo presentada ante la Audiencia Nacional el pasado 2 de marzo, aún pendiente de resolución, y al Sepla que no convoque huelgas durante la vigencia del mismo, y confía en que el laudo sea "un punto de partida, no de llegada".

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (AN) anuló el primer laudo emitido por Montalvo por "un defecto procedimental" en la tramitación del arbitraje, y ordenaba en su sentencia, del 2 de noviembre, incluir las alegaciones de Express y emitir un nuevo laudo.

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