La Seguridad Social sumará hasta tres años de cotización por las excedencias por cuidados familiares
Los periodos reconocidos por cuidado de familiares computarán tanto para alcanzar el periodo mínimo exigido para jubilarse como para incrementar la cuantía final de la pensión
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La Seguridad Social ha consolidado el sistema de cotizaciones para aquellos trabajadores que han tenido que interrumpir su actividad laboral para dedicarse al cuidado de hijos o familiares dependientes. Esta medida, que permite sumar hasta tres años de cotización por cada hijo y un año por cada familiar, busca evitar que las personas que se han visto obligadas a solicitar excedencias vean mermadas sus futuras pensiones de jubilación.
Según establece la normativa actual, estos periodos computarán como si el trabajador hubiera continuado en activo, lo que permite acumular tiempo de cotización tanto para alcanzar el mínimo exigido para acceder a una pensión contributiva como para calcular su cuantía final. El objetivo es claro: proteger las carreras profesionales de quienes interrumpen su vida laboral por motivos de cuidados familiares.
El artículo 237 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) regula estos denominados "periodos de cotización asimilada al alta por excedencia", un mecanismo que reconoce como efectivamente cotizados aquellos intervalos de tiempo en los que el trabajador no ha podido desempeñar su actividad por estar dedicado al cuidado de menores o familiares dependientes. En 2025, este derecho se ha consolidado tras varias sentencias judiciales que han reforzado su aplicación.
¿Cómo funcionan las cotizaciones ficticias por cuidados?
La normativa vigente distingue dos modalidades principales de cotizaciones ficticias por cuidados. Por un lado, se reconocen hasta tres años por cada hijo o menor a cargo, ya sea por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento. Por otro, también se computan como cotización efectiva los tres primeros años del período de excedencia destinado al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe una actividad retribuida.
Un aspecto fundamental es que estos periodos computan siempre como jornada completa, incluso si la excedencia se solicitó desde un contrato a tiempo parcial. Esto ha sido ratificado tanto por el Tribunal Constitucional como por el Tribunal Supremo a través de diversas sentencias (STC 91/2019, STC 155/2021 y la más reciente STS 689/2024), estableciendo una doctrina judicial que protege este derecho y evita cualquier tipo de reducción o coeficiente minorador.
Además de estas cotizaciones ficticias, los trabajadores que interrumpen su carrera profesional para dedicarse a tareas de cuidados pueden beneficiarse de otros mecanismos complementarios, como los convenios especiales (que permiten mantener la cotización mediante el pago voluntario) o el complemento para la reducción de la brecha de género, aplicable a quienes ven reducida su carrera profesional por el cuidado de hijos.
Requisitos para la jubilación y el efecto de las cotizaciones ficticias
Estos periodos de cotización asimilada resultan especialmente relevantes para cumplir los requisitos mínimos exigidos para acceder a una pensión contributiva de jubilación. En concreto, ayudan a alcanzar la carencia genérica (15 años cotizados) y la específica (2 años dentro de los últimos 15). Además, contribuyen a evitar posibles retrasos en la edad ordinaria de jubilación, que actualmente en España varía en función de los años cotizados, según lo establecido en la Ley 27/2011.
La medida supone un importante respaldo para miles de personas que han tenido que interrumpir su actividad laboral. Según datos oficiales, las mujeres siguen siendo las principales beneficiarias de este sistema, ya que continúan asumiendo mayoritariamente las tareas de cuidados tanto de hijos como de otros familiares dependientes.
Aplicación práctica: un caso ilustrativo
Para entender mejor cómo funciona este beneficio, podemos analizar un caso práctico. Imaginemos a un trabajador que en 2026 acumula 22 años de cotización cuando su madre sufre una enfermedad grave y es reconocida como dependiente. Ante esta situación, solicita una excedencia por cuidado familiar durante dos años, reincorporándose a su empleo en 2028.
Cuando este trabajador solicite su jubilación en el futuro, la Seguridad Social no solo contabilizará los 22 años que tenía antes de la excedencia y los que acumule tras su reincorporación, sino que también sumará esos dos años dedicados al cuidado de su madre. Gracias a lo establecido en el artículo 237 de la LGSS, esos dos años computarán como "período de cotización efectiva", como si hubiera seguido trabajando y cotizando normalmente.
En consecuencia, al reincorporarse en 2028, su vida laboral reflejará un total de 24 años cotizados, que se tendrán en cuenta tanto para determinar si cumple los requisitos de acceso a la pensión como para calcular la cuantía que le corresponderá percibir. Este sistema permite que el periodo dedicado al cuidado no represente un vacío en su carrera de cotización.
Evolución normativa de las cotizaciones por cuidados
La protección de los periodos dedicados a cuidados familiares ha experimentado una evolución significativa en la legislación española. Inicialmente, estos mecanismos nacieron como medidas para compensar principalmente a las mujeres, quienes tradicionalmente han asumido estas responsabilidades con mayor frecuencia, pero progresivamente se han convertido en derechos universales accesibles a todos los trabajadores.
Las últimas reformas normativas han ido ampliando tanto los supuestos protegidos como los periodos reconocidos, en línea con la tendencia europea de fortalecer la protección social de las personas cuidadoras. Actualmente, estas medidas forman parte de la estrategia más amplia de conciliación de la vida laboral y familiar, así como de las políticas de igualdad implementadas en el sistema de Seguridad Social español.
¿Qué otras ayudas existen para personas cuidadoras?
Además de las cotizaciones ficticias, el sistema ofrece otras herramientas para proteger a quienes dedican tiempo al cuidado familiar. Entre ellas destacan los convenios especiales específicos para cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia, que permiten mantener la cotización durante estos periodos mediante condiciones ventajosas.
También existe el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género, dirigido a quienes hayan visto interrumpida o afectada su carrera profesional por nacimiento o adopción de hijos. Este complemento, reformado en 2021, puede suponer un incremento de hasta un 15% sobre la pensión base en función del número de hijos, y beneficia mayoritariamente a mujeres aunque puede ser solicitado por cualquier progenitor que cumpla los requisitos.
Las personas que necesitan reducir su jornada laboral para atender a familiares pueden, asimismo, beneficiarse de ciertas bonificaciones en las cotizaciones sociales, diseñadas para minimizar el impacto económico que estas situaciones pueden tener tanto en el presente como en sus futuras prestaciones.
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