¿Qué trabajadores pueden cobrar el subsidio de 52 años?
Economía
A partir de la modificación de la Ley General de Seguridad Social, podrán solicitarla los trabajadores fijos discontinuos de mayores de 52 años
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La Ley de Seguridad Social sufrió una nueva modificación en marzo de este mismo año, dentro del apartado que incluye qué trabajadores pueden cobrar la subvención para mayores de 52 años. Pues bien, además de esto, con la reciente subida del IPREM, también sube la cuantía que percibirán estos trabajadores a partir del próximo 1 de enero de 2023.
El Gobierno de Pedro Sánchez ha desvelado este incremento en el Congreso de los Diputados a través de los nuevos Presupuestos Generales del Estados. Por ello, la cuantía pasa a ser de 579,02 euros mensuales a 600 euros a partir del próximo año.
¿A qué trabajadores se encuentra dirigida la subvención de los 52 años?
Los trabajadores que pueden solicitar esta subvención son todos aquellos que ya hayan agotado su prestación o subsidio por desempleo, además de que cuenten con una serie de requisitos obligatorios. En su momento, todos aquellos que contaban en su haber con contratos fijos discontinuos anterior al 2 de marzo de 2022 no tenían derecho a esta prestación. A partir de la modificación de la Ley General de Seguridad Social, sí podrán solicitarla los trabajadores fijos discontinuos de mayores de 52 años. Esta medida afecta, según las estimaciones, a una media de hasta 18.000 trabajadores fijos discontinuos.
Entre los requisitos para acceder a esta ayuda estatal se encuentra contar con la presentación anual cada año de la declaración de la renta: "Los beneficiarios del subsidio de mayores 52 años deberán presentar cada año una declaración de rentas". También se debe contar con un mínimo de 6 años de cotización de desempleo a lo largo de la vida laboral y tener el tiempo suficiente para contar con derecho a la pensión de jubilación, establecido en los 15 años.
Por otro lado, para acceder a esta subvención, la persona trabajadora de más de 52 años debe encontrarse inscrita como demandante de empleo al menos durante un mes y no haber rechazado ofertas de trabajo durante ese período de tiempo. Asimismo, la persona solicitante debe contar con una renta que no supere el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional excluyendo las pagas extras, establecida esta cantidad en 723,75 euros mensuales en el presente año.
De esta forma, podrán solicitar el subsidio para mayores de 52 años todas aquellas personas que hayan agotado el paro, hayan finalizado su contrato laboral y no tengan derecho a paro, los trabajadores que vuelvan tras trabajar en otro país, los que cuenten con incapacidad permanente o los trabajadores que hayan sido liberados de prisión y no cuenten con paro ni subsidio. En cuanto a las cargas familiares, no es requisito de ningún tipo contar con responsabilidades familiares para acceder a este tipo de subvención. Cabe destacar que la duración de esta ayuda puede alargarse hasta que la persona alcance la edad ordinaria de jubilación, momento en el que pasará a cobrar su pensión.
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