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Dimite el alcalde de un pueblo murciano tras ser inhabilitado por comprar votos

  • Matías Carrillo, regidor del PP en Fortuna, ha sido condenado por el Tribunal Supremo a no poder ejercer un cargo público electo durante cinco años.

El alcalde de Fortuna (Murcia), Matías Carrillo, del PP, ha presentado su dimisión tras haber sido condenado por el Tribunal Supremo por un delito electoral a cinco años de inhabilitación para el ejercicio del cargo de regidor, concejal o cualquier otro de elección democrática. Matías Carrillo ha comparecido a mediodía en el salón de plenos del Ayuntamiento, arropado por los ediles del equipo de gobierno y, con semblante muy serio, ha anunciado su dimisión y la celebración de un pleno extraordinario la próxima semana para elegir al nuevo regidor.

El primer edil, que ha defendido su inocencia en repetidas ocasiones, ha agradecido el apoyo de sus vecinos en todo este tiempo y, al ser preguntado por su futuro, ha dicho que se tomará unos días de descanso antes de volver a su trabajo en Correos. El ex alcalde ha presentado también su dimisión como presidente del Partido Popular de Fortuna y ha solicitado su baja como afiliado.

En declaraciones a los periodistas, el que ha sido alcalde de Fortuna en los últimos 13 años ha dicho que, "si todo es como tiene que ser", le sustituirá en la alcaldía Catalina Herrero, la número dos del equipo de gobierno. El PP de Murcia, a través de un comunicado de su vicesecretario general de Comunicación, Francisco Bernabé, ha afirmado que "se valora el ejercicio de responsabilidad" del que Matías Carrillo "ha hecho gala ante este acontecimiento". Añade que ese ejercicio de responsabilidad lo ejerce "al asumir de manera voluntaria las obligaciones que imponen los estatutos de nuestro partido para este tipo de situaciones, y sin necesidad de intervención alguna por parte de los órganos de nuestra formación política".

La dimisión de Carrillo se ha producido después de que le fuera notificada la sentencia del Tribunal Supremo, que confirma su condena por un delito electoral impuesta en julio de 2011 por la Audiencia Provincial de Murcia, y anula la pena de otros siete años de inhabilitación por prevaricación dictada por el mismo tribunal. Esta condena por delito electoral incluye el arresto de 12 fines de semana del ex regidor y seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros. En su fallo, el Supremo estima en parte el recurso que presentó Carrillo, mientras que rechaza el que formuló la concejala de Empleo, María Dolores Sánchez, quien, en la misma sentencia, fue condenada a la pena de arresto de doce fines de semana, multa e inhabilitación para los cargos de concejal y alcalde durante cinco años.

Al confirmar la condena impuesta al regidor municipal por el delito electoral, el Supremo indica que "hubo un acuerdo entre los dos acusados, con distribución de funciones" para influir en la voluntad de los electores "mediante promesas y recompensas". Ese acuerdo se llevó a cabo con ocasión de las elecciones locales que se celebraron el 25 de mayo de 2003, en las que se gestionó el voto por correo de varios vecinos a cambio de ofrecerles trabajo en el ayuntamiento u otras ayudas, como vales para comida. Matías Carrillo siempre ha mantenido su inocencia y negó tanto en la Audiencia como después ante el Supremo que participara en operación alguna de compra de votos.

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