Cinco años sin poder ver a sus hijos a pesar de resultar absuelto de abusos a los menores

Sentencia

El Juzgado de instrucción número 6 de Sevilla absolvió al padre de los delitos de maltrato y abusos sexuales en una sentencia "juzgada definitivamente en única instancia".

La sentencia señala que las manifestaciones de la madre al relacionarlas en un contexto "acreditado de una relevante conflictividad" llevaron al sobreseimiento del caso en dos ocasiones

El padre que denuncia que lleva cinco años sin poder ver a sus hijos.
El padre que denuncia que lleva cinco años sin poder ver a sus hijos. / José Ángel García
R. R.

10 de marzo 2019 - 03:30

Un padre sevillano lleva cinco años sin poder ver a sus hijos tras haber sido denunciado por la madre de los menores de maltrato y abuso sexual. El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla absolvió al padre a finales del pasado diciembre, aunque el Juzgado de Violencia de sobre la mujer aún no ha levantado las medidas cautelares que pesan sobre el padre, que nunca perdió la patria potestad de los menores.

En el tiempo que ha durado todo este proceso los niños, que ahora tienen 8 y 12 años de edad, han sido cambiados de colegio en varias ocasiones e incluso, en la actualidad, viven fuera de la provincia de Sevilla.

Aunque en principio el proceso de separación de la pareja fue más o menos amistoso, a raíz de que él rehiciera su vida comenzaron los problemas. Ella intentó volver y él se negó. A partir de aquí comenzó una espiral de denuncias y sobreseimientos que culminaron en una denuncia de supuestos abusos por parte del padre hacia la hija, que entonces tenía tres años de edad.

Los hechos comenzaron el 28 de abril cuando la madre decidió llevar a la pequeña a la Unidad de Urgencias Pediátricas del Hospital Virgen del Rocío donde la examinaron dos doctoras que no encontraron nada después se derivó a otra pediatra que el 28 de marzo, en un examen donde no estuvo presente el forense estableció la existencia de enrojecimiento y sangre escasa en horquilla, en la zona genital de la niña que eran, según ella, compatibles con indicios de abusos sexuales. En un examen posterior, esta vez con la presencia de un forense, se dijo que había un pequeño desgarro antiguo, por lo que se inició una demanda denuncia por abusos contra el padre de la niña.

En un primer momento, se procedió a acordar el sobreseimiento del caso por el Juzgado de Instrucción número 6 el 27 de mayo de 2014. Según señala la sentencia absolutoria cuando se refiere a lo dos sobreseímientos anteriores, "el origen de la noticia, en cuanto proviene de las manifestaciones de la progenitora que han sido cuestionadas al relacionarlas con un contexto acreditado de una relevante conflictividad familiar por la custodia, y unido todo ello a la discrepancia puesta de manifiesto respecto a la entidad de los vestigios físicos y psicológicos alegados como datos que pudieran corroborar las situaciones de abuso y maltrato denunciadas". Estas son las razones de que la causa se rechazara hasta en dos ocasiones. Dos días más tarde, la madre realiza una nueva denuncia, lo que llevó a la reapertura del caso.

Aunque los niños no fueron explorados (término con el que se designa las declaraciones de los menores) durante el juicio a pesar de la insistencia de la letrada de la defensa, su situación se pudo conocer en la vista a través de los informes tanto de Eicas (Equipo de Evalución e Investigación de casos de Abuso Sexual) como de Adima. Respecto a esto, el tribunal señala que teniendo en cuenta la edad de los menores "no han hecho posible su exploración contradictoria".

Es más, al referirse a los testimonios de los menores, el fallo señala "que debemos relacionar con un posible relato posteriormente elaborado, aunque sin intención de hacerlo, al tratar de indagar de forma reiterada sis e habían producido actos de contenido sexual". De hecho, el informe de Eicas habla de que los niños emplean "un lenguaje adultizado".

En este sentido, la Sala "no puede descartar que el contexto en el que se han puesto de manifiesto los posibles acontecimientos de maltrato y de abusos sexuales no haya tenido desde el primer momento una incidencia relevante, pudiendo haber modulado, por la forma de intervenir con los menores, el relato de los mismos, lo que ha podido determinar que la investigación se centrara en posibles conductas delictivas del acusado".

Ante los testimonios y las pruebas documentadas encontradas el tribunal falló la absolución del padre de los delitos de maltrato y abusos sexuales. A partir de este momento la defensa del padre ha solicitado al Juzgado de Violencia de Género el alzamiento de la medida cautelar impuesta en 11 de junio de 2014 por la existencia del procedimiento penal del que salió absuelto hace ya casi tres meses. La modificación de estas medidas supondría volver a restaurar el régimen de custodia compartida o que por lo menos se permita un régimen de visitas durante el tiempo que dure la tramitación del procedimiento. De este modo, los niños podrían ver a su padre y al resto de la familia paterna.

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