Condenado a cuatro años de libertad vigilada por incendiar su bloque
En el barrio de Los Remedios
El acusado tiene diagnosticado un trastorno de delirio paranoide, por lo que es inimputable
La Fiscalía ha modificado su petición de cuatro años de internamiento en un centro por el mismo tiempo en libertad vigilada con seguimiento de un tratamiento para J. J. N. M., que iba a ser juzgado por quemar en 2013 el bloque en el que vivía en el barrio de Los Remedios de Sevilla y que finalmente ha llegado a un acuerdo.
Durante la instrucción, se demostró que el procesado tiene diagnosticado un trastorno de delirio paranoide, por lo que resulta inimputable para penas de prisión, según ha explicado su abogado defensor, Joaquín Moeckel.
El Ministerio Público solicitaba por ello cuatro años de internamiento en un centro psiquiátrico si bien finalmente ha aceptado la petición de la defensa de modificarlo por la medida de libertad vigilada con seguimiento de tratamiento ambulatorio, además de cuatro años de prohibición de acercarse al bloque incendiado, de 36 viviendas y ubicado en el barrio sevillano de Los Remedios.
En la causa también estaba personada la compañía aseguradora que sufragó los daños de las viviendas afectadas, cifrados en 51.000 euros que reclamaba a J. J. N. M. en concepto de responsabilidad civil, si bien también ha aceptado reducir ésta a 35.000 euros.
Los hechos se produjeron el 6 de mayo de 2013 en la Avenida Flota de Indias y según el informe de los bomberos que acudieron a sofocar el incendio -en el que no hubo heridos-, el mismo había sido producido por la intervención humana.
Los vecinos declararon que J. J. N. M. había amenazado varias veces a gritos con prender fuego al edificio, amenazas que la defensa enmarcaba en su enfermedad mental diagnosticada y por la que está en tratamiento e incluso ha sido incapacitado para el ejercicio de la abogacía, su profesión.
El Ministerio Público prosiguió la acusación contra él por un delito de incendio y no de daños al ver intención de afectar a personas, en este caso los vecinos del bloque.
El juicio estaba señalado en la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla si bien las partes, reunidas previamente, han alcanzado un acuerdo de conformidad tras el cual el tribunal dictará sentencia en los términos pactados.
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