caso César

Confirmado el procesamiento de más de 50 investigados por malversación en las obras del AVE en Murcia

  • La Audiencia estima, no obstante, 3 de los 26 recursos planteados, y deja fuera del ‘caso Cesar’ al secretario de una comunidad de regantes y a los que eran entonces director general de Grandes Proyectos y director de Infraestructura de la Línea de Alta Velocidad de ADIF.

  • Otros 5 recurrentes, relacionados con las constructoras, dejan de ser investigados y se convierten en responsables civiles subsidiarios o partícipes a título lucrativo

Confirmado el procesamiento de más de 50 investigados por malversación en las obras del AVE en Murcia

Confirmado el procesamiento de más de 50 investigados por malversación en las obras del AVE en Murcia

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado el auto de transformación que cerró la instrucción del conocido como caso Cesar o fraude en las obras del AVE en las que se investiga el desvío de fondos públicos en las obras de reposición de infraestructuras hidráulicas, afectadas por la construcción de la plataforma ferroviaria de Alta Velocidad del Levante. La sección Segunda de la Audiencia murciana ha notificado un total de 26 autos que resuelven los recursos presentados contra el auto del juzgado de Instrucción número 9 de 13 de diciembre de 2020 que ordenaba la continuación del procedimiento.

La instrucción se centra en la actuación de diversas empresas constructoras integrantes de las cuatro UTE (encargadas de los cuatro tramos de la línea del AVE de Crevillente a Murcia) además de responsables de ADIF. También figuran como investigados, responsables del Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela y de la Comunidad de Regantes San Felipe Neri, el director e interventor de una sucursal bancaria en Santomera, personas relacionadas con la empresa subcontratista de los trabajos de reposición y representantes legales de empresas aparentemente creadas para posibilitar el desvío de fondos. En total, más de 50 investigados.

La resolución. ahora en gran parte confirmada, ordenaba la continuación del proceso por los trámites del procedimiento abreviado, por si los hechos investigados fueren constitutivos, según los casos, de delitos contra la Hacienda Pública, organización criminal, estafa, malversación de caudales públicos, falsedad documental, blanqueo de capitales o insolvencia punible. 

Frente a los hechos que el juzgado instructor expuso en el auto recurrido, se interpusieron 26 recursos alegando, en esencia, la falta de determinación en la imputación. A ellos se oponía el Ministerio Fiscal entendiendo que el auto apelado si contiene un relato de hechos “claramente incriminatoria” y el Abogado del Estado indicando que quedaba “acreditada la participación” de los recurrentes en el procedimiento de desvío de fondos investigado. 

Tras un análisis muy detallado de la última jurisprudencia del Tribunal Supremo, la Sala explica cuál debe ser el contenido exigible del auto recurrido y aclara que el juez instructor debe valorar en esta resolución la existencia de indicios de ocurrencia de los hechos denunciados, previa a la apertura del juicio oral y debe continuar el procedimiento, si considera aquellos suficientes, poniendo de manifiesto cuáles son los hechos imputados y las personas responsables. Así pues, resume, “la fase de instrucción sirve de filtro de hechos que, teniendo relevancia penal, pueden ser atribuidos a una persona concreta e identificada y debe impedir celebrar juicios por hechos no constitutivos de delito”.

Es en este punto donde la Audiencia Provincial hace un importante esfuerzo de concreción de la ingente documentación y numerosas diligencias de instrucción practicadas y analiza en las diferentes resoluciones, para cada uno de los investigados, de forma pormenorizada, los indicios de criminalidad existentes. Así, confirma que continúe la tramitación de la causa contra más de 50 investigados relacionados con el Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela, la comunidad de Regantes San Felipe Neri, las constructoras de los cuatro tramos en los que se denuncia el fraude y algunos de los responsables de ADIF en el momento de los hechos.

No obstante, la Audiencia estima tres de los recursos presentados y sobresee la causa respecto los que fueran director general de Grandes Proyectos y director de Infraestructuras de la Línea de Alta Velocidad de ADIF y el secretario de la Comunidad de Regantes San Felipe Neri. Además, en otros cinco casos los recurrentes, familiares de un administrador de sociedades que habrían facturado hasta 1,6 millones por reposiciones hidráulicas no llevadas a cabo, dejan de ser investigados y se convierten en responsables civiles subsidiarios o participes a título lucrativo.

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