Desfalco en Lipasam

Lipasam reclama un jurado popular para enjuiciar al contable que se apropió de más de un millón de euros

  • Considera que puede ser juzgado por delitos continuados de malversación de caudales públicos y falsedad documental

El ex contable de Lipasam, con sombrero, junto a su abogado a la salida de los juzgados.

El ex contable de Lipasam, con sombrero, junto a su abogado a la salida de los juzgados. / Juan Carlos Vázquez

Un jurado popular para enjuiciar al ex contable de Lipasam Manuel M. G., que está siendo investigado por el desfalco de más de un millón de euros en la empresa municipal de limpieza. La acusación particular que ejerce la empresa municipal de limpieza ha solicitado al juzgado de Instrucción número 14 de Sevilla que acuerde la incoación de un procedimiento del jurado para enjuiciar al ex contable por delitos continuados de malversación de caudales públicos y falsedad documental.

En un escrito presentado en el juzgado, la acusación particular sostiene que los hechos investigados podrían ser constitutivos de un delito continuado de malversación de caudales públicos, tipificado en el artículo 432 del Código Penal, que contempla penas de entre cuatro y ocho años de cárcel cuando el valor del prejuicio causado o de los bienes o efectos apropiados exceda de los 250.000 euros, como presuntamente ocurre en este caso.

Además, los hechos podrían constituir un delito continuado de falsedad documental, precisa el letrado que ejerce la acusación particular en representación de Lipasam, Juan Carlos Alférez, quien considera que aunque este último delito no vendría atribuida la competencia para su enjuiciamiento al tribunal del jurado, sí sería de su competencia por la "íntima conexión" con el delito de malversación, por lo ambos delitos deberían ser enjuiciados en un mismo procedimiento "con el fin de evitar la ruptura de la continencia" de la causa.

La acusación recuerda que Lipasam es na empresa cien por cien pública, participada íntegramente por el Ayuntamiento de Sevilla, por lo que los empleados "del rango y atribuciones" como las que tenía el ex contable Manuel M. G., que era jefe de servicio del departamento económico y financiero de Lipasam, son considerados funcionarios públicos igualmente a efectos jurídico-penales.

En este sentido, la acusación recuerda que el Tribunal Supremo dejó sentado este concepto de funcionario público a efectos jurídico-penales en la sentencia del caso Mercasevilla -que acabó con la condena por cohecho de los dos ex directivos del mercado mayorista- y en la que el Alto Tribunal dictaminó que "incluso en sociedades mixtas municipales, con capital privado minoritario, sus empleados eran funcionarios públicos" a estos efectos por "participar en la función pública" del Ayuntamiento de Sevilla.

Por todo ello, Lipasam reclama al instructor que incoe el procedimiento del tribunal del jurado popular para enjuiciar al ex trabajador municipal, dado que existen "indicios bastantes" para proseguir la causa contra él como autor directo, y también contra su esposa, en calidad de "partícipe a título lucrativo" que establece el artículo 122 del Código Penal.

El ex jefe de servicio del departamento económico y financiero de Lipasam declaró ante el juez en marzo de 2020, en una comparecencia en la que confesó que se apropió de más de un millón de euros de las cuentas de la empresa pública mediante un sistema que, según aseguró, era de "difícil detección" por parte de Lipasam y por eso nunca se detectó en las auditorías realizadas a la sociedad.

Manuel M. G. reconoció expresamente "todos los hechos" denunciados y así afirmó que a mediados de 2008 inició sus prácticas de apropiación y explicó que "nunca se detectó nada" en las auditorías que se realizaban a la empresa pública en relación a este desfalco por el sistema que utilizaba.

El investigado relató que su modus operandi consistía en que "independientemente de los datos que aparecieran en la remesa de los pagos", en la base de datos del sistema informático -en una aplicación denominada SAP- figuraban como cuenta para realizar los ingresos una cuenta suya. Posteriormente, colocaba el "número de cuenta del proveedor y a veces no lo hacía porque se olvidaba", algo que ha ocurrido en los últimos ingresos recibidos por importe de más de 264.000 euros cuando ya había cesado como trabajador de Lipasam y que se ha debido a que "seguía figurando su número de cuenta en la base de datos informáticos".

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