Condenan a seis años de cárcel a un hombre que maltrató, violó y prostituyó a su mujer para comprar droga y saldar deudas en Sevilla
El maltratador se exponía inicialmente a 30 años de prisión por varios delitos contra su pareja y su hija, pero alcanzó un acuerdo con las acusaciones después de indemnizar a la víctima principal con 12.000 euros
La Audiencia de Sevilla también impone casi tres años de cárcel a un amigo del marido que también agredió sexualmente a la mujer mientras el esposo lo grababa
Hay casos que dejan en tan mal lugar la naturaleza humana que no parecen reales, sino historias de ficción escritas por mentes muy retorcidas. La Audiencia de Sevilla enjuició ayer un asunto que es un ejemplo perfecto de lo bajo que puede caer el hombre. Los protagonistas eran dos. Por un lado, un varón que no sólo maltrató y violó a su esposa durante años, sino que también la prostituyó para así saldar deudas o comprar droga. Y por otro, un segundo hombre que era amigo del primero y que también agredió sexualmente a la víctima... mientras el esposo grababa la escena. Ambos se enfrentaban a peticiones de cárcel muy duras, de treinta años para el acusado principal y doce para el segundo, pero el juicio se resolvió con un acuerdo previo entre todas las partes que, obviamente, redujo bastante las condenas definitivas: el marido se conformó con seis años y quince días de cárcel y su compañero de tropelías, con dos años y nueve meses.
Los dos reconocieron los hechos, que ocurrieron entre 2010 y 2019 en un pueblo próximo a Sevilla. Como relataba la Fiscalía en su escrito provisional, que ayer se transformó en definitivo con el visto bueno de los encausados, Antonio T.M. perpetró “malos tratos habituales [...] consistentes en golpes, empujones, agarrándola por el cuello, poniéndole un cojín en la cara...”. Pero sobre todo la sometió a “conductas vejatorias”, como “grabarla manteniendo relaciones sexuales con un segundo procesado y amenazarla con hacer públicas las grabaciones o expulsarla con su hija del domicilio”. Del mismo modo “controlaba su móvil” y le prohibía salir del domicilio “si no era en compañía” de él mismo.
Este lamentable comportamiento equivalía a “usar a su esposa a modo de objeto”. “Disponía de ella y de su sexualidad sin su consentimiento y la sometía a actos denigrantes, como compartir sexo con terceros a instancias del propio procesado”, añadía la acusación pública, que al menos no tenía constancia de que la mujer hubiese sufrido lesiones.
Estas conductas, que la fiscal califica de “agresivas y desconsideradas”, formaron parte de “la dinámica relacional de la pareja”. “La posición del acusado era de dominio y sometimiento absoluto, psicológico y físico, sobre la perjudicada”, recalcaba. “Se objetivan signos de malos tratos habituales y puntuales sobre ella, así como una relación de asimetría en la pareja”, agregaba.
“Como consecuencia de la anulación de la voluntad que suponía para la víctima dicha situación, ella no oponía resistencia a las relaciones sexuales que le exigía el procesado. Debía soportarlas contra su voluntad para evitar conflictos o agresiones a ella o a la hija común”, sentenciaba la Fiscalía antes de entrar a detallar algunos capítulos de esta devastadora relación.
El primero ocurrió en 2012. Antonio T.M. tuvo relaciones sexuales con la víctima mientras ella “dormía bajo los efectos del alcohol ingerido la noche anterior”. Pero este es sólo el prólogo de lo que estaba por llegar. “Abusando de su superioridad y de la situación de necesidad de la víctima, que dependía económicamente de él, [el acusado] ha venido buscando por Internet y ofreciendo a sus amigos y conocidos mantener relaciones sexuales con la mujer”, relataba el Ministerio Público. Hacía eso “como forma de abonar sus deudas pendientes con esas personas o como forma de obtener sustancias estupefacientes, de las que era consumidor”.
Y así llega la crónica hasta lo que sucedió un día indeterminado de 2016. El marido y su amigo Mario T.C., el segundo procesado, ataron a la víctima a “un puntal” en el dormitorio del matrimonio y tuvieron relaciones sexuales con ella “contra su voluntad”.
La pareja no fue la única víctima. En otra fecha no concretada de 2017, también en el domicilio familiar, el esposo golpeó “en reiteradas ocasiones en la espalda” a la hija de ambos, que apenas tenía cuatro años en ese momento, “sin que conste haber sufrido lesiones”. Lo cual no quiere decir que no las tuviera, pero resulta imposible saberlo “por cuanto que no fue examinada por ningún facultativo”.
12.000 euros de indemnización
Antonio T.M. se exponía a un total de 30 años de cárcel en la calificación inicial de la Fiscalía: veintidós años por dos delitos de violación, tres por maltrato habitual en el ámbito familiar, cuatro por inducción a la prostitución y uno por maltrato de obra (a su hija). Su defensa, sin embargo, le consiguió un acuerdo extremadamente beneficioso que quedó certificado ayer ante la Sección Cuarta de la Audiencia. El marido fue condenado a tres años y cinco meses por un delito continuado de agresión sexual (según la ley del sí es sí, por ser la más favorable para el acusado), diez meses y medio por el maltrato habitual, un año y nueve meses por inducción a la prostitución con la agravante de parentesco y 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad por el maltrato de obra (sin lesiones) a su hija. La sentencia es firme.
La rebaja obedece a la aplicación de dos atenuantes muy cualificadas: dilaciones indebidas, por la antigüedad de los hechos; y reparación del daño, porque los acusados ya han indemnizado a la víctima con 12.000 euros.
Además de la pena de prisión, el tribunal impuso a Antonio T.M. cinco años de libertad vigilada una vez salga de la cárcel y varias órdenes de alejamiento: no podrá acercarse a menos de 500 metros de su mujer en siete años ni a su hija en un año y tres meses.
Mario T.C., para quien la Fiscalía pedía doce años por agresión sexual, aceptó dos años y nueve meses de reclusión y cinco años de libertad vigilada. Él tampoco podrá acercarse ni comunicarse con la víctima principal durante cuatro años.
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