La Fiscalía Europea no investigará al ex número 2 del PSOE-A Rafael Velasco por los cursos de formación

El Tribunal Supremo atribuye la competencia al juez de refuerzo de Sevilla José Ignacio Vilaplana, quien ya lo citó a declarar como investigado

El ex vicesecretario del PSOE-A Rafael Velasco, investigado en la macrocausa de la formación.
El ex vicesecretario del PSOE-A Rafael Velasco, investigado en la macrocausa de la formación. / Álvaro Carmona

La Fiscalía Europea no investigará finalmente al ex vicesecretario general del PSOE-A Rafael Velasco, en relación con la causa que se abrió en el año 2016 sobre cuatro ayudas de la formación concedidas a la empresa Aulacen Cinco. El juez de refuerzo de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, se había inhibido en favor de la Fiscalía Europea pero ésta rechazó asumir la competencia y ahora el Tribunal Supremo ha resuelto que es el juzgado sevillano el que debe continuar con una investigación en la que Rafael Velasco ya fue citado como investigado y se acogió a su derecho a no declarar.

El auto dictado ahora por el magistrado del Alto Tribunal Andrés Martínez Arrieta recuerda que el único punto de discusión para atribuir la competencia de la investigación se refiere a la entrada en vigor de la Fiscalía Europea para la instrucción de los delitos que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea. Así, la empresa Aulacen Cinco, vinculada a la esposa de Rafael Velasco, recibió cuatro subvenciones de la Dirección General de Formación por importes de 82.593 euros, 41.296,5 euros, 41.296,5 euros y 28.752,30 euros entre los años 2005 y 2009, respectivamente.

En total, Aulacen Cinco, según la instrucción practicada hasta el momento, habría sido beneficiaria "injustamente de una continuada disposición de fondos públicos procedentes de la Junta de Andalucía" que asciende a 193.938,30 euros, que fueron otorgados "al margen de la legalidad vigente, prescindiendo absolutamente del procedimiento legalmente establecido, en claro perjuicio de la generalidad de empresas -en especial, de las del mismo sector de actividad- y desempleados, privándoles de concurrir a su concesión acreditando las condiciones y requisitos habilitantes de su percepción; con desprecio de elementales normas de procedimiento en la gestión de fondos públicos, y con incumplimiento de la disciplina de concesión, control, pago y justificación de subvenciones dirigidas a la Formación para el Empleo".

La Fiscalía de la UE señalaba que estos expedientes se refieren a los años 2005 y 2007 y sólo el último de los relacionados, del año 2009, hace referencia a que el pago del 25% restante de la subvención se realizó el 21 de marzo de 2019, es decir, año y medio después de la entrada en funcionamiento de la Fiscalía europea. Por ello, se oponía a la asunción de la competencia argumentando que los hechos son anteriores a noviembre de 2017. Sin embargo, la propia Fiscalía del Tribunal Supremo presentó un informe a la Sala en la ponía de manifiesto que se trata de un delito continuado y que el último acto, fechado en marzo de 2019, es el pago de la cuarta parte de la subvención, "por lo tanto posterior a noviembre de 2017, lo que permite la competencia de la Fiscalía Europea".

El magistrado del Alto Tribunal resuelve finalmente atribuyendo la competencia al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla porque "el delito se inicia en los años 2005 y siguientes, hasta el 2009, momento en el que el delito aparece como consumado con mucha anterioridad a noviembre de 2017". El juez Andrés Martínez Arrieta prosigue explicando que sólo restaba el pago del 25% del último de los expedientes que "afectaría, no tanto a la consumación del hecho delictivo sino al agotamiento del mismo, al referirse al último abono de una subvención que se inició con expedientes del año 2005 y termina en el año 2009, fechas muy anteriores, diez años, a la entrada en funcionamiento de la Fiscalía Europea".

Diez investigados, la mitad familiares

En esta causa hay diez investigados, entre ellos el ex número 2 del PSOE andaluz Rafael Velasco. Entre los imputados figuran además Antonia M. L., esposa de Rafael Velasco, que aparece como representante legal y administradora única de la empresa Aulacen Cinco; y sus hermanas Rafaela -evaluadora en los cursos de formación subvencionados- e Inmaculada -docente en los cursos de formación subvencionados-; y Pedro Velasco, hermano del ex dirigente socialista y que figura como docente en los cursos.

Tras varias suspensiones de estas declaraciones, los investigados comparecieron en marzo pasado en el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, donde la mitad de los investigados -entre ellos los cinco mencionados- se acogió a su derecho constitucional a no declarar. Estas comparecencias se produjeron antes de que se haya conocido este auto del Tribunal Supremo -que tiene fecha del 23 de mayo- en el que se atribuye la competencia de la investigación al juzgado sevillano, dado que el planteamiento de la inhibición de la investigación a la Fiscalía Europea no paralizaba la instrucción de esta pieza de la macrocausa de los cursos de formación.

Rafael Velasco y sus familiares se acogieron a su derecho a no declarar ante el juez

En el informe elaborado por la Fiscalía del Supremo se recuerda que los hechos investigados pueden ser constitutivos de delitos de prevaricación, falsedad documental y malversación de caudales públicos, y subrayaba que en relación a este último tipo penal el mismo "perjudica los intereses financieros de la Unión Europea (en cuantía superior a los 100.000 euros), pues las subvenciones eran con cargo a los fondos europeos". Decía el fiscal que en todos los expedientes existe una "indudable continuidad delictiva por existir una unidad de actuación, por cuanto a través de los expedientes Aulacen se habría beneficiado de una continua disposición de fondos públicos procedentes del Servicio Andaluz de Empleo y del Fondo Social Europeo para la realización de actuaciones formativas para desempleados por un total de 193.938,30 euros y esa continuidad delictiva culmina con un último pago de 10.324,12 euros, realizado con fecha 21 de marzo de 2019, fecha posterior a la fijada para la competencia temporal de la Fiscalía Europea".

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