El juzgado anula una condena a Rubén Sánchez por atentar contra el honor de la empresaria María Rosa Díez
El secretario general de Facua la calificó de "timadora" por ofertar cursos de redes sociales presentándose como asesora de la Policía y la Guardia Civil, algo que ambos cuerpos desmintieron
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El Juzgado de Primera Instancia número 83 de Madrid ha dictado un decreto por el que anula la condena contra el periodista y secretario general de FACUA-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, por intromisión ilegítima en el derecho al honor de la empresaria María Rosa Díez. En un comunicado, Facua asegura que se trata de una "ex colaboradora del medio de bulos de Javier Negre que hace años se erigió como la guardia pretoriana del jefe de la desaparecida Ausbanc, Luis Pineda". Facua señala que "varios medios han publicado que tiene en su historial numerosas detenciones policiales y que estuvo tres años en prisión". En julio de 2023, el programa Cuatro al Día desveló que Díez alquiló un piso con DNI falso y que años después se fue de él dejando kilos de basura y con una enorme deuda con el propietario.
Los hechos se remontan a 2013, cuando Facua denunció públicamente que Díez ofertaba cursos de redes sociales asegurando ser asesora y profesora de la Policía y la Guardia Civil, algo que ambos cuerpos habían desmentido a la asociación. La empresaria reaccionó con una demanda judicial orquestada con la ayuda de Luis Pineda. En ella incluyó a Facua y a cuatro personas. La sentencia, de octubre de 2020, desestimaba la demanda presentada por Díez contra Facua y su responsable de redes sociales, Keka Sánchez, pero condenaba al secretario general de la asociación y al periodista Carlos Fernández Guerra —que cuando tuvieron lugar los hechos gestionaba las redes de la Policía— a indemnizar a la demandante con 6.000 euros.
Ahora, la sentencia del juez David Rodríguez Fernández-Yepes ha quedado anulada mediante un decreto por el que "se declara la caducidad de la instancia" . El motivo ha sido la actitud de Díez, que decidió desatender los requerimientos del Juzgado de que designase un abogado y un procurador para que la continuasen defendiendo y representando en la causa, ya que tanto ella como el secretario general de Facua y Fernández Guerra le habían comunicado su pretensión de presentar recursos de apelación.
Dado que el procedimiento "ha permanecido sin actividad procesal durante más de dos años", el Letrado de la Administración de Justicia ha resuelto que la sentencia queda sin efecto y que a la demandante solo le cabe ya "promover nueva demanda", si bien han transcurrido de largo los cuatro años que marca la ley para ejercer acciones por intromisión ilegítima en el derecho al honor. "Esa sentencia de primera instancia ha quedado sin efecto por el abandono de la acción de la demandante debido a su inacción durante más de dos años", señala el juzgado en un decreto fechado este 30 de enero.
El juzgado destaca "el lodo procesal vertido por la demandante para mantener suspendido el proceso", ya que hizo caso omiso de las advertencias de que debía designar abogado y procurador. El decreto indica que Díez "ha impedido finalmente la tramitación de los recursos de dichos demandados, válidamente presentados, pero nunca elevados a la Audiencia Provincial por los propios actos de la demandante, quien quería –y logró– impedir su tramitación". Durante más de 4 años, la demandante se ha vanagloriado en cientos de tuits de que Sánchez había sido condenado e incluso llegó a inventar que le había abonado la indemnización de 6.000 euros establecida en la sentencia que ha sido finalmente anulada.
El juzgado advierte de que "resulta evidente que esa actuación obstativa no puede tener el efecto de que la sentencia de instancia adquiera firmeza". Así, ha quedado anulada por "caducidad de la instancia", tal y como dictaminó el juzgado el pasado 25 de noviembre y ahora ha aclarado mediante el nuevo decreto emitido a finales de enero.
Facua destaca en un comunicado que la sentencia ahora anulada estaba "llena de errores", ya que "atribuyó a Sánchez publicaciones que en realidad no eran suyas", además de condenarle por un tuit que ya había sido objeto de otra causa que llegó al Supremo con desestimación de la demanda contra él. Asimismo, la sentencia que acaba de ser anulada también condenaba al secretario general de Facua por llamar "timadora" a Díez al tiempo que absolvía a su asociación por describirla con exactamente el mismo calificativo.
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