El juez ordena detener a una directora de residencias de mayores acusada de trato vejatorio a ancianos durante la pandemia en Sevilla

La antigua responsable de los centros La Alegría (Carmona) y San Lorenzo (Alcalá de Guadaíra) está en rebeldía y ha sido imposible notificarle la apertura de juicio y las penas de cárcel que piden las acusaciones

El juzgado de Carmona consulta al fiscal si prefiere juzgar ya a otra directora y una empleada, que están localizadas, o espera a que la rebelde dé señales de vida y se celebra un solo juicio para las tres procesadas

Un juzgado de Carmona investiga tratos vejatorios en tres residencias de mayores

Imagen de archivo de la residencia La Alegría, en Carmona, en enero de 2021.
Imagen de archivo de la residencia La Alegría, en Carmona, en enero de 2021. / Antonio Pizarro

El caso de las dos directoras de residencias de ancianos y una empleada acusadas de dispensar un trato vejatorio a sus usuarios, para más inri durante una época de penurias por el coronavirus, sigue sin llegar a juicio. La razón es sencilla: una de las investigadas, la mujer que dirigió los centros La Alegría en Carmona y San Lorenzo en Alcalá de Guadaíra, se declaró en rebeldía y ha sido imposible notificarle varios pasos del procedimiento judicial, como las penas a que se expone. Por eso el juzgado que llevó la investigación ha ordenado detenerla allá donde esté. Se supone que es en Torrent (Valencia) porque allí figura su último domicilio, pero oficialmente está en paradero desconocido.

En un auto fechado el 19 de noviembre, el juez acuerda en primer lugar el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa contra M.V.R. “hasta que la encausada fuere hallada”. Así pues, es una medida puramente formal que no exime a la exdirectora de la responsabilidad penal que le atribuyen el magistrado, la Fiscalía (seis años de cárcel pide para ella) y las víctimas, muchas representadas por el abogado José Luis Escañuela.

En su auto, el juez relata que M.V.R. “no ha podido ser notificada, emplazada y requerida” por distintos motivos y recuerda que el sobreseimiento provisional “es la resolución en abstracto procedente para dar cabida a los supuestos de ausencia del encausado”, como aquí ocurre. Y a eso añade que “no supone merma alguna del derecho a la tutela judicial efectiva” del investigado “por cuanto, una vez sea habido, se practicarán cuantas diligencias resulten necesarias para el total esclarecimiento de los hechos”.

La propia detención de la acusada es otra formalidad. El único objetivo de esta medida aparentemente tan drástica es notificarle el auto de procesamiento, el auto de apertura de juicio oral y los escritos de calificación de la Fiscalía y la acusación particular con las penas que piden para ella. El magistrado, de hecho, ya le anticipa “su posterior puesta en libertad” una vez reciba todos esos documentos.

El juez también insta al juzgado de guardia a que “emplace” a la acusada para que comparezca en tres días hábiles. Además, le da un día para pagar 40.000 euros de fianza y así “garantizar las responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse de esta causa”. En caso de no hacerlo, le advierte el magistrado, “se procederá al embargo de bienes en cantidad suficiente para cubrir la suma”.

El auto, además, reseña que el archivo de la causa en teoría pasará a ser definitivo e irreversible el 12 de diciembre de 2029 porque entonces, cinco años después del auto de apertura de juicio oral, prescribirían los delitos.

El antiguo juzgado mixto de Carmona, ahora renombrado como plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia, procesó a las tres investigadas por unos hechos ocurridos entre septiembre de 2020 y febrero de 2021 en las dos residencias ya citadas y Santa Ángela, también en Alcalá. Serán enjuiciadas por un delito contra la salud pública, trato degradante, abandono, falsedad documental y desobediencia. La acusación asegura que los ancianos recibieron alimentos inadecuados y hasta medicamentos “caducados”, se expusieron a unas “nefastas” condiciones de higiene y llegaron a dormir “sin sábanas o mantas”. Además, durante el tramo más duro de la pandemia hubo traslados entre residencias sin cumplir las restricciones sanitarias.

Consulta para celebrar uno o dos juicios

El caso va ya tan para largo que el juez de Carmona no ve la hora de mandarlo a un juzgado de lo Penal de Sevilla para que allí se celebre la correspondiente vista oral. De hecho, en una providencia fechada el mismo 19 de noviembre, el magistrado pregunta a la Fiscalía si quiere “el enjuiciamiento por separado” de las otras dos acusadas, que están perfectamente localizadas e informadas, “o si estima pertinente esperar” a que el intento de encontrar a M.V.R. “tenga éxito” para que así “se proceda al enjuiciamiento conjunto de todas las acusadas” en un solo juicio. Ese planteamiento implica que existe la posibilidad de que haya dos vistas orales: una para la directora y la empleada de la residencia Santa Ángela y otra para la procesada rebelde... si persiste en esa situación.

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