El juicio por el mayor brote de listeriosis de España arrancará en octubre de 2026, más de siete años después

El caso Magrudis

La vista oral se desarrollará durante cuatro meses, hasta enero 2027, tiempo en el que se desarrollarán 43 sesiones

La juez exigió una fianza de 5 millones al Ayuntamiento de Sevilla como responsable civil subsidiario del brote de listeriosis

Un guardia civil durante un registro en las instalaciones de Magrudis.
Un guardia civil durante un registro en las instalaciones de Magrudis. / Juan Carlos Vázquez

El juicio por el mayor brote de listeriosis de España, el caso Magrudis, que provocó en el verano de 2019 la muerte de cuatro personas, siete abortos y lesiones a otras 244 personas, ya tiene fecha de inicio. La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha fijado para octubre de 2026 el inicio de la vista oral, es decir, más de siete años después de que se produjeran los hechos.

En una diligencia de ordenación, la Audiencia de Sevilla informa de que se ha designado ponente del caso al magistrado Alejandro Vián, y de que el inicio de la vista oral será el 16 de octubre del año 2026. El juicio, en principio, durará cuatro meses, hasta el 27 de enero de 2027, tiempo en el que se celebrarán 43 sesiones.

La Fiscalía de Sevilla ha pedido una condena de diez años de cárcel para los dueños de Magrudis, en un escrito en el que pidió igualmente que el Ayuntamiento de Sevilla sea declarado responsable civil subsidiario del brote y que, de esta forma, haga frente al pago de los gastos originados por el contagio, que inicialmente el Ministerio Público cifra en unos 800.000 euros, pero que la Junta de Andalucía ya ha cifrado en 3.428.663,02 euros.

Por su parte, Facua-Consumidores en Acción, que ejerce la acusación particular en la causa en representación de 79 afectados, ha pedido para los encausados penas de prisión de entre cuatro y trece años, según la gravedad de los delitos, además de indemnizaciones que suman 510.579,33 euros.

La juez de Instrucción número 10 de Sevilla, que investigó el caso, exigió al Ayuntamiento de Sevilla un total de 5.025.648,40 euros, como responsable civil subsidiario. La instructora, Pilar Ordóñez, dictó el 21 de noviembre de 2022 el auto de apertura de juicio oral contra los seis acusados, entre los que se incluye la veterinaria municipal María José O. B., y requirió a cinco de ellos, entre ellos los dueños, para que en el plazo de un día presten una fianza solidaria de cinco millones de euros.

La Fiscalía considera que procede declarar la responsabilidad civil del Ayuntamiento de Sevilla, que deberá "asumir las consecuencias de su inacción, acción deficiente y acción tardía, por cuanto supone de funcionamiento anormal de un servicio público y la trascendencia en el resultado producido", todo ello porque entiende que incurrió en una doble falta de control, "sanitario y de las autorizaciones" relacionada con la actividad de Magrudis.

En el escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Público considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la salud pública, de cuatro delitos de homicidio por imprudencia, siete delitos de lesiones al feto por imprudencia grave y 235 delitos de lesiones por imprudencia grave, así como de otros dos delitos de defraudación eléctrica -por el enganche ilegal de la nave- y de falsedad en documento oficial.

De esta forma, reclama para José Antonio Marín Ponce, administrador de hecho de Magrudis; sus hijos Sandro y Mario, y su mujer Encarnación Rodríguez, una condena de cuatro años de prisión y multa de nueve meses (1.620 euros) por un delito contra la salud pública y otros seis años de cárcel por los delitos de homicidio por imprudencia grave. Para las empresas Magrudis y Elaborados Cárnicos Mario solicita una multa de 36.000 euros y la disolución de ambas sociedades. Estos acusados "conocían que realizaban un proceso de elaboración con deficiencias sanitarias, y riesgo grave o muy grave para los posibles consumidores en caso de comercialización", sostiene la acusación pública.

Para José Antonio y su hijo Sandro, y para el arquitecto Sergio L. G. pide además 18 meses de cárcel y multa de nueve meses (1.620 euros) por un delito de falsedad documental; y por el delito de defraudación reclama otra multa de ocho meses (1.440 euros) para los responsables de Magrudis.

La Fiscalía ha pedido la absolución de la veterinaria municipal María José O. B., encargada de las dos inspecciones que se realizaron en la empresa que distribuyó los productos contaminados bajo la firma de La Mechá. En este caso, la acusación pública no considera que haya en su conducta una "imprudencia grave que determine su responsabilidad penal en los resultados lesivos producidos, si bien sí deben generar responsabilidad de tipo civil del Ayuntamiento de Sevilla, por la falta de control sanitario y de autorizaciones que le competen".

Sobre la veterinaria insiste en que la comprobación de que Magrudis tenía contratado un Sistema de Autocontrol "permitía suponer que se estaban realizando todos los controles periódicos, incluidas tomas de muestra y que caso de resultados positivos, serían comunicados; lo que evidentemente, no ocurrió en este caso". La Fiscalía también ha valorado para exculparla que "la carga de trabajo de los 9 veterinarios que prestaban sus servicios en el Distrito de Sevilla se suplía en parte con la confianza que ofrece la implantación del Sistema de Autocontrol de empresas alimentarias, en tanto sistema obligatorio que identifica los posibles riesgos de contaminación en la cadena de alimentos, que establece unas normas para controlar dichos peligros y así minimizar las probabilidades de intoxicación".

El escrito de la Fiscalía de Sevilla se ha presentado después de que la acusación particular que ejerce la Junta de Andalucía haya reclamado que el Ayuntamiento de Sevilla, como responsable civil subsidiario del brote, pague los 3.428.663,02 euros que costó para las arcas públicas el mayor brote de listeriosis detectado en España.

Por su parte, la Junta de Andalucía reclama una condena de tres años de cárcel para los dueños de Magrudis y de 10 meses de cárcel para la veterinaria municipal que intervino en las dos inspecciones realizadas a la empresa.

"Omitieron deliberadamente información"

La Fiscalía sostiene en su escrito de acusación que los responsables "omitieron deliberadamente información" en el sentido de que "no indicaron que vendían productos cárnicos elaborados" a la empresa Comercial Martínez León, que los recibía como marca blanca y los vendía; y "únicamente dieron cuenta de la elaboración de carne mechada marca La Mechá, ocultando que elaboraban otros productos" como el chicharrón andaluz, lomo al Jerez, lomo al pimentón, lomo casero al pimentón, etc; lo que dio lugar a que "se ampliara la alerta sanitaria a todos ellos".

Estas omisiones, según el Ministerio Público, afectaron directamente a la toma de decisiones por parte de las autoridades sanitarias, de forma que "se desconocía exactamente qué productos se debían retirar, clientes que los tenían, así como ámbito territorial, y de esta manera no se concretó, desde el principio, la retirada de diversos productos que podían estar afectados por la contaminación cruzada al haberse elaborado en las mismas instalaciones de Magrudis".

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