Un juzgado de Sevilla perdona una deuda de 15.000 euros a un repartidor de Glovo que se quedó sin trabajo
Entre los acreedores del afectado, que ha estado representado por la Asociación Ayuda al Endeudamiento, figuran administraciones públicas como la Diputación de Sevilla
Un juez perdona 150.000 euros a una pareja sevillana con la ley de segunda oportunidad
Un joven de Sevilla que se quedó sin trabajo después de ser repartidor de Glovo, ha conseguido en apenas tres meses la exoneración de todas sus deudas, por un importe total de 15.000 euros, gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. El procedimiento ha sido tramitado por la Asociación Ayuda al Endeudamiento ante el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Sevilla, que le ha concedido el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) de forma definitiva y total.
El deudor, soltero y sin red familiar de apoyo, trabajaba como repartidor autónomo para plataformas de entrega a domicilio. Durante los años más duros de la pandemia encontró en Glovo una vía para mantenerse económicamente activo, pero en 2021 la empresa le bloqueó la cuenta y le impidió continuar repartiendo. Desde entonces ha enlazado pequeños trabajos esporádicos, sin lograr una estabilidad económica que le permitiera asumir las obligaciones derivadas de sus tarjetas de crédito y otros préstamos personales.
En palabras del propio afectado, se vio atrapado en una "espiral de endeudamiento por intentar sobrevivir" mientras buscaba otra fuente de ingresos estable. A pesar de sus esfuerzos, el importe mensual que debía pagar superaba los 400 euros, una cifra completamente inasumible frente a unos ingresos que rara vez alcanzaban los 900 euros mensuales. Además, debía destinar parte de esta cantidad al alquiler de una habitación en la que actualmente reside.
Entre los acreedores exonerados se encuentran entidades financieras privadas pero también la Diputación de Sevilla y otras administraciones públicas, "una cuestión que durante años fue motivo de controversia jurídica", según reconoce la Asociación. No obstante, el auto dictado el pasado 8 de julio "acoge expresamente la interpretación más favorable al deudor, conforme al derecho europeo, y extiende la exoneración incluso a los créditos de Derecho público".
El Juzgado número 4 de lo Mercantil ha considerado que concurren todos los requisitos legales porque el deudor no ha actuado de mala fe, no posee bienes ni ingresos embargables y ha colaborado con el procedimiento judicial "con total transparencia".
"Esta resolución es ya la exoneración número 53 que obtiene la Asociación Ayuda al Endeudamiento en Sevilla durante este año 2025, lo que consolida su papel como entidad de referencia nacional en la tramitación de este tipo de procedimientos. La Ley de la Segunda Oportunidad no es sólo para empresarios o autónomos, sino también para particulares que han tenido mala suerte y quieren un nuevo comienzo", destaca la Asociación.
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