Muere su padre y nadie coge el teléfono en la aseguradora: tras la denuncia de Facua, le pagan los 4.000 euros que costó el sepelio
Almudena Seguros estuvo meses negándole la indemnización bajo el argumento de que faltaba documentación o que no trabajaban con la funeraria que el usuario tuvo que elegir por su cuenta ante la falta de respuesta a sus llamadas
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Facua Madrid ha conseguido que Almudena Seguros abone un socio y a su familia los 4.095 euros que les negó negando durante meses pese a que el seguro que tenía contratado su padre contemplaba dicho capital en caso de fallecimiento de algún miembro de la familia. Justo E., vecino de Alcobendas, perdió a su padre el 22 de enero de 2025. Sabedor de que tenía un seguro de decesos contratado desde hacía casi 50 años, intentó ponerse en contacto con Almudena Seguros esa mismo día para comunicar lo ocurrido, pero nadie atendió a sus llamadas de teléfono.
Ante la falta de respuesta de la compañía en ese momento tan complicado y triste para su familia, decidieron con carácter de urgencia contratar los servicios del sepelio con otra mercantil que, supuestamente, trabajaba con todas las aseguradoras. El servicio se realizó correctamente y sin ningún tipo de problemas.
La empresa que se hizo cargo del sepelio presentó la factura a Almudena Seguros para que asumiese el pago de la misma. Las condiciones generales de la póliza que tenía contratada el fallecido dejaba claro que «en el supuesto de que Almudena no hubiera podido proporcionar la prestación por causas ajenas a su voluntad, fuerza mayor o por haberse realizado el servicio a través de otros medios distintos a los ofrecidos o cuando los herederos contraten los servicios por medios distintos a los ofrecidos por la compañía, Almudena quedará obligada únicamente a satisfacer la suma asegurada a los herederos del asegurado fallecido, no siendo responsable de la calidad de los servicios prestados».
Almudena Seguros se desentiende
Días después del sepelio, Justo por fin consiguió contactar con la empresa. Comunicó lo ocurrido y quedó en mandarle toda la documentación relativa al fallecimiento de su padre: partida de defunción, certificado de titularidad de la cuenta, testamento, certificado de últimas voluntades…
Para su sorpresa, Almudena Seguros se negó a hacerse cargo de la factura: «si el servicio se hubiese realizado con una funeraria con la que tenemos concierto, habríamos pagado la factura sin problemas, pero no podemos hacernos cargo de una factura que la compañía no ha solicitado de una funeraria que no es nuestro proveedor». Además, adujeron que el fallecimiento se produjo el 22 de enero y no se les comunicó hasta el día 25 de enero. Lo cierto es que fue imposible comunicárselo antes porque nadie respondió a sus llamadas, asegura la asociación de consumidores.
Ante esta falta de solución por parte de la aseguradora, Justo se puso en contacto con Facua Madrid, de la que es socio desde el año 2011, para que le ayudasen a defender sus derechos como consumidor.
La asociación estudió su caso y se dirigió a Almudena Seguros para reclamarle el abono de los 4.095 euros que establecía la póliza como capital asegurado en caso de fallecimiento. Es más, en su escrito le advirtió de que con su forma de actuar estaba faltando a la buena fe del contrato, pues en las condiciones generales no se establecía un plazo máximo para las notificaciones del siniestro.
Asimismo, le recriminó que estaba incumpliendo el contrato suscrito, pues no estaba atendiendo un siniestro que se encontraba cubierto por la póliza contratada. El artículo 19 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, establece que "el asegurador estará obligado al pago de la prestación, salvo en el supuesto de que el siniestro haya sido causado por mala fe del asegurado".
Almudena Seguros, en su respuesta a FACUA, argumentó que no había procedido al abono porque Justo "no había acreditado debidamente su condición de único heredero" y que se habían producido «desacuerdos» entre el afectado y la oficina de Alcobendas. Pero es que el afectado en ningún momento había comunicado que él fuese el único heredero. Además, asegura que él nunca tuvo ningún problema con ninguna oficina. La escusa para no pagar lo que correspondía era bastante pobre.
Así se lo hizo saber la asociación en un segundo escrito de reclamación donde volvió a insistir a Almudena Seguros en que estaba incumpliendo el contrato al no indemnizar a la familia del fallecido con el dinero que contemplaba la póliza en caso de deceso.
Después de varios meses de intercambio de correos electrónicos, la compañía de seguros por fin ha procedido a abonar a Justo y al resto de herederos los 4.095 euros del capital que contemplaba la póliza que su padre tenía contratada con Almudena Seguros.
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