El nuevo juez de los contratos del SAS confirma que no investigará las contrataciones en otras provincias
Señala que la acusación de los socialistas pretende "una investigación prospectiva para investigar toda la contratación de los servicios centrales del SAS y de la Consejería de Salud"
El juez rechaza ampliar la investigación de los contratos del SAS

El nuevo titular del juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla, que investiga la querella del PSOE por las sucesivas prórrogas de los contratos de emergencia del Servicio Andaluz de Salud (SAS) entre los años 2021 y 2024, ha confirmado la decisión de su antecesor de rechazar la ampliación de la misma a las contrataciones que se realizaron por las diferentes plataformas logísticas sanitarias en el resto de provincias andaluzas.
En un auto dictado con fecha de ayer, 10 de febrero, el magistrado desestima el recurso de reforma presentado por el PSOE y confirma la decisión del anterior juez que investigaba la causa. Así, el nuevo titular del juzgado explica que en su momento se analizó si este juzgado era competente para investigar esos nuevos hechos y si tales hechos, de ser ciertos, constituirían un ilícito penal. "El auto se limita a examinar su falta de competencia, sin presuponer que las nuevas alegaciones constituyen verdaderos indicios de nuevos hechos delitivo, pues, al apreciar la falta de competencia, viene a obviar un examen que propiamente no corresponde a este tribunal desde el momento en que no es competente", razona el instructor.
El juez recuerda que la competencia en materia de contratación administrativa se delega en los directores gerentes de los distintos centros hospitalarios y el SAS "no ha establecido procedimientos normalizados, protocolos procedimentales o uniformados o coordinados que sirviesen de pauta en la tramitación de la contratación de emergencia" y la instrucción 1/21 de la dirección general de Contratación insta al "uso residual y exepcional de la contratación de emergencia".
Rechaza una "causa general"
Dice el auto que la acusación popular que ejercen los parlamentarios socialistas "viene a reconocer que no dispone de indicio alguno que le permita conclusión contraria, esto es que hayan existido directrices o instrucciones de los servicios centrales, pese a lo cual pretende que, por este tribunal, se lleve a cabo una investigación prospectiva para investigar toda la contratación de los servicios centrales del SAS y de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, basándose simplemente en lo que llama 'por pura lógica', 'muy plausible y probabilísima realidad', sin ni siquiera exponer los argumentos por los que concluye semejante afirmación; lo que desbordaría injustificadamente los límites materiales del objeto de la notitia criminis, convirtiéndose en una indagación o causa general sobre la actividad de dichas entidades para, posteriormente, en virtud de lo averiguado, imputar a la misma unos hechos concretos, lo que ha sido prohibido por el Tribunal Constitucional, al indicar que la prohibición de 'inquisitio generalis' está dentro del derecho a un proceso con todas las garantías que proclama el artículo 24.2 de la Constitución" y también por el Tribunal Supremo.
Por todo ello, el juez confirma el auto que rechazó la ampliación de la querella, sin que proceda remitir a cada uno de los juzgados decanos del resto de provincias andaluzas el testimonio de la causa para su correspondiente reparto entre los juzgados de instrucción, es decir, que no se investigarán los contratos provinciales en los otros juzgados andaluces.
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