Perdonan deudas por valor de 191.000 euros a un matrimonio de empresarios de Sevilla afectados por la crisis de 2008
Con la obligación de pedir más préstamos y la baja en la facturación, el negocio llegó a tener pérdidas y siendo obligado a cerrar
Un juez perdona 100.000 euros por la Ley de Segunda Oportunidad

El Juzgado Mercantil 1 de Sevilla ha dictado auto de exoneración del pasivo insatistfecho (EPI) por el que perdona los 191.000 euros de deuda contraída por un matrimonio sevillano que acumuló diferentes préstamos por la situación en que quedó su empresa tras la crisis de 2008. La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha conseguido exonerar todas las obligaciones y mantener una vivienda en propiedad cuya hipoteca iba al día de pagos
Los deudores eran los titulares de una sociedad constituida el 1 de diciembre de 2003, que cesó su actividad el 31 de diciembre de 2012. La crisis económica que afectó al país en 2008 tuvo un impacto devastador en su negocio, obligándoles a solicitar una serie de préstamos e hipotecas, en los cuales figuran como avalistas, con la esperanza de mantener su empresa operativa y cubrir los gastos derivados de su actividad.
Sin embargo, tras el cese definitivo de la sociedad los deudores se vieron imposibilitados de hacer frente a las deudas adquiridas, a pesar de sus esfuerzos por buscar soluciones. El cierre de la empresa, junto con la falta de ingresos, dificultó aún más la capacidad de los solicitantes para cubrir sus necesidades básicas, como alimentos, suministros y otros gastos esenciales para su supervivencia.
A pesar de las dudas de este matrimonio acerca de si se le concederían la exoneración de las deudas, Pepe Domínguez, letrado de la Asociación, detalla: “el perdón de las deudas es viable para todo aquel que cumpla 3 requisitos: ser deudor de buena, no tener antecedentes penales de orden socioeconómico y no haberse acogido en los últimos 5 años a este proceso”.
Qué pasos ha seguido para conseguir el perdón de todo
“El objetivo de este proceso es informar al juzgado de toda la situación del deudor para acreditar que no puede ni podrá pagar las deudas en muchísimo tiempo” explica el letrado. La demanda de concurso plantea todo lo necesario para ello: deudas, ingresos, bienes en propiedad, delitos, etc.
Admitido por el juzgado la solicitud de los letrados, se procedió a solicitar el perdón del resto de la deuda que no compensaría el plan de pagos. Esta resolución se admitió el 28 de noviembre de 2024 por el Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Sevilla dejando a este matrimonio libre de pagar 191.192 euros.
Con esta sentencia los acreedores existentes no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos a este matrimonio de Sevilla.
Ya son varios los casos de Ley de la Segunda Oportunidad en Sevilla llevados por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. El procedimiento sigue creciendo en importancia y popularidad, sobre todo en autónomos.
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