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El juicio de los ERE
EL juicio del “procedimiento específico” de los ERE quedará mañana lunes visto para sentencia, tras 152 sesiones celebradas a lo largo de un año y cuatro días. La vista oral, que se inició el 13 de diciembre de 2017 contra 22 ex altos cargos, finaliza con la única novedad de la exculpación del que fuera secretario general de la Consejería de Hacienda Antonio Estepa, a quien la Fiscalía Anticorrupción y el resto de acusaciones retiraron todos los cargos.
Antes de que el juicio termine, el tribunal dará la oportunidad a los 21 acusados para ejercer el derecho a última palabra, a decir aquello que entiendan que puede contribuir a su defensa, una vez expuestos todos los testimonios y pruebas en el juicio. La incógnita está en si algunos de los acusados, sobre todos los que han tenido un especial protagonismo en los hechos enjuiciados, se deciden a hablar, aunque lo normal es que la mayoría de los acusados no diga nada.
De esa forma el juicio quedará visto para sentencia. A partir de ese momento se inicia la complicada labor del tribunal, de los magistrados Juan Antonio Calle Peña, Pilar Llorente y Encarnación Gómez, quienes deben deliberar sobre los hechos y emitir la sentencia, de cuya redacción se encargará el primero de los jueces, que es el ponente de esta causa. Pasarán en principio entre seis y ocho meses hasta que se conozca esa sentencia, que tendrá varios centenares de folios.
Los jueces deben analizar, uno a uno, los hechos que se atribuyen a cada uno de los acusados y determinar si son o no responsables de los delitos continuados de prevaricación y malversación de caudales públicos, por los que algunos de los procesados se enfrentan a penas de hasta ocho años de prisión y otros tantos de inhabilitación.
Cuando termina un juicio tan mediático como éste todo el mundo se hace sus cábalas sobre cúal puede ser el resultado final.
En las últimas sesiones, varias de las defensas han reprochado a la Fiscalía Anticorrupción que haya acusado a los ex altos cargos mediante “juicios de inferencia” o juicios de valor, sin contar con verdaderas pruebas de cargo de la supuesta confabulación de los procesados en la creación de un sistema “totalmente opaco” para la concesión de las ayudas que omitía la fiscalización previa de las mismas, es decir, el control por parte de la Intervención, aspecto por otra parte que ha sido muy combatido por los abogados de los acusados.
El abogado del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán recordó que las acusaciones han empleado expresiones del tenor “pudo haber conocido”, “debía haber conocido”, “tenía que conocer”, “si hubiera conocido” y otras similares para suplir la falta de verdaderas pruebas de ese supuesto concierto para conceder ayudas fraudulentamente.
Otras defensas han llamado la atención sobre el hecho de que en este caso no existe ninguna reunión, carta, fax, correo electrónico, grabación u otra prueba de esta índole que pueda acreditar ese supuesto contubernio o concierto de los 21 ex altos cargos para delinquir.
A la vista de cómo se ha desarrollado el juicio, con las pruebas practicadas y con la dificultad que entraña hacer un pronóstico de estas características –nadie está en la mente de los magistrados que componen la Sala– todo parece indicar que las acusaciones no van a hacer un pleno de condenas en esta causa, sino más bien todo lo contrario. Aunque no soy muy amigo de los pronósticos, permítanme este “juicio de inferencia”, por utiliza el mismo argumento que las defensas: probablemente habrá muchas absoluciones en la sentencia que se dicte en este juicio.
Pero evidentemente tampoco creo que haya un pleno absoluto de absoluciones, sino que habrá algunas condenas. ¿Cuántas? Esa es la cuestión más difícil de resolver, sobre todo si se tiene en cuenta el auténtico galimatías jurídico en el que se ha convertido el caso de los ERE después de que la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla decidiera excluir a los ex altos cargos enjuiciados en la pieza política de las otras investigaciones que siguen actualmente abiertas –146 de las 187 piezas totales en las que se ha dividido la macrocausa–, lo que ha provocado multitud de recursos de la Fiscalía Anticorrupción.
Incluso en este juicio, la acusación pública planteó una cuestión previa para que el tribunal delimitara el objeto de este procedimiento, a raíz de los autos de exclusión de la Audiencia, que fue desestimada y en el que los jueces recordaron que el objeto de esta causa está delimitado por el auto de procedimiento abreviado y los escritos de conclusiones de las acusaciones.
Esta compleja situación podría provocar situaciones paradójicas si hipotéticamente y como ejemplo el principal imputado, el ex director general de Trabajo de la Junta Javier Guerrero, fuese absuelto en esta causa de los delitos de prevaricación y malversación, y ya no pudiera ser enjuiciado en el resto de las piezas separadas. En cualquier caso, hay algunas piezas, como las ayudas que concedió a su ex chófer y que éste declaró que se gastaron en regalos y cocaína, en las que no ha sido excluido en aplicación del principio non bis in ídem, sino que incluso ya se ha abierto juicio oral contra ambos y están a la espera de que la Audiencia fije la fecha para esta nueva vista oral.
El ex presidente de la Junta Manuel Chaves ya dijo hace mucho tiempo, antes incluso de que fuese implicado en el caso, que el fraude de los ERE, era cuestión de “cuatro golfos”.
Que existió un fraude nadie lo cuestiona, como ocurre con los denominados intrusos, las personas que fueron incluidos en los ERE sin haber trabajado nunca en las empresas afectadas por estos procesos de reestructuración. Pero que ese fraude no alcanza a la totalidad de las ayudas que por importe de 855 millones percibieron los 6.800 trabajadores beneficiados por estos ERE, también.
Pero los intrusos no son objeto de este juicio, que trata de delimitar si hubo una trama organizada para posibilitar este fraude. La defensa del ex consejero de Empleo José Antonio Viera ha hecho hincapié en su informe de conclusiones precisamente en que no se puede condenar en este juicio por un delito de malversación de caudales público cuando no se ha cuantificado la cifra de esa malversación por cada ejercicio y sobre todo porque no han sido traídos a este procedimiento a esos 6.800 trabajadores, en su condición de partícipes a título lucrativo.
De hecho y esta es una de las claves en este proceso que no deben pasar desapercibidas: los 6.800 beneficiarios siguen en la actualidad percibiendo las ayudas y, lo que es más importante, ni la Fiscalía ni las otras acusaciones han exigido que devuelvan el dinero, ni han planteado ninguna actuación en el juzgado de Instrucción en este sentido.
Es más, en este juicio ya ni siquiera reclama para los acusados la indemnización por importe de 741 millones –por el total de las ayudas abonadas entre 2001 y 2010– que inicialmente solicitaba, con el argumento de que la Junta de Andalucía se ha reservado “el ejercicio de la acción civil” tras haber solicitado el archivo de la “pieza política” al rechazar que existiera una “trama criminal” para eludir los controles de la Intervención y conceder de forma arbitraria las ayudas.
La cuestión nuclear es donde fija el tribunal, en caso de entender que se ha producido, la responsabilidad respecto a las supuestas irregularidades, en el caso de que las apreciara, y hasta qué Consejería afecta. Es decir, si sobrepasa la consejería de Empleo, que a través de su dirección general de Trabajo concedía las ayudas, y llega hasta la consejería de Innovación, de la que dependía el IFA/IDEA, y la consejería de Economía y Hacienda, que recibía los informes de la Intervención alertando de las supuestas deficiencias en el uso de las transferencias de financiación.
También queda por determinar si el tribunal encuentra o no alguna responsabilidad en el ex interventor general de la Junta: si debió emitir el famoso informe de actuación o bastaba con los avisos de los distintos informes de cumplimiento.
En definitiva, si el tribunal cree que el fraude es cosa de esos cuatro golfos o de alguno más, como parece. En unos meses, la respuesta.
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