Revelación de secretos

Absuelta una funcionaria que se hizo con datos fiscales de su ex

  • Usó su clave de acceso a la Agencia Tributaria para conocer las inversiones de su ex

  • Es absuelta porque los datos no se transmitieron a terceras personas ajenas

Expedientes en un juzgado

Expedientes en un juzgado

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de una funcionaria de justicia de Sevilla que utilizó su clave de acceso al Punto Neutro Judicial para obtener datos fiscales de su ex marido y utilizarlos en el proceso de disolución de la sociedad de gananciales.

El Supremo, en una sentencia del 29 de abril, confirma en todos sus extremos la absolución dictada por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla y considera que la funcionaria no incurrió en un delito de descubrimiento y revelación de secretos y que los datos que obtuvo no son de los considerados “sensibles, de carácter reservado y confidencial”.

El matrimonio estaba formado por un abogado y una funcionaria judicial y se disolvió en enero de 2008, tras lo cual se incoó un procedimiento de liquidación de gananciales.

La mujer, destinada como funcionaria interina en un  juzgado de Sevilla, disponía de una clave de usuario que le asignó la Agencia Tributaria para acceder a la base de datos del Punto Neutro Judicial “en el ejercicio de sus funciones”.

El 26 de enero de 2009, desde un terminal de su juzgado, utilizó esa clave para acceder a la base de datos de la Agencia Tributaria y obtener datos sobre los fondos de inversión de su exmarido, “y ello con la finalidad de utilizar esa información en la liquidación de la sociedad de gananciales con su ex esposo”. Luego exhibió ese documento al funcionario del juzgado encargado de tramitar el procedimiento. 

La Audiencia amparó en parte su absolución en que los datos contenidos en el documento que ilícitamente obtuvo la señora no eran “sensibles” aunque la defensa del ex marido alegó que no solamente lo eran, sino también “de carácter reservado y confidencial”.

Ella, además, no tenía derecho a conocerlos porque se referían a unos movimientos realizados con posterioridad a la disolución de la sociedad de gananciales y a un fondo de inversión que era privativo del marido, según la acusación.

Junto a ello alegó que los hechos le han causado un daño moral por ser abogado de profesión y asesor fiscal, y esto le supuso “una sensación de inseguridad absoluta y un daño moral ver que sus datos fueron sacados a la luz de manera delictiva” y “expuestos a personas que nada tienen que ver con él”.

El Tribunal Supremo responde que los datos no han trascendido a terceras personas ajenas al procedimiento, y en concreto a sus clientes, “por lo que no puede compartirse el perjuicio o daño moral que invoca“.

El recurrente argumentó que la acusada tenía dos objetivos: causarle a él un perjuicio al sacar a la luz esa información y obtener luego un lucro económico consistente en “hacer suyo el dinero que sabía que era privativo de su ex marido, haciendo creer de paso al juez civil que ocultaba bienes gananciales maliciosamente“.

Otras razones invocadas por el ex esposo, como que sufrió indefensión al no asistir su abogada a las  diligencias de investigación tramitadas por la Fiscalía, son rechazadas porque esos mismos testigos volvieron a declarar en el juicio y tuvo oportunidad de interrogarlos.

Al haber visto rechazados todos sus argumentos, el abogado es condenado al pago de las costas judiciales.

Tags

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios