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EL QUINTO JUICIO DE INVERCARIA / LOS PRÉSTAMOS A CEDES ELECTRIA
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha condenado al ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquilo y a la vocal del consejo de Administración Isabel de Haro Aramberri a tres años y un día de prisión y a seis años y un día de inhabilitación absoluta, como autores de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos, en relación con los préstamos realizados a la empresa Cedes Electria, una compañía de energía eólica que recibió una financiación pública de 1.550.000 euros.
La sentencia de la Audiencia condena además a otros dos acusados, los consejeros de Cedes Federico Mañero y Enrique García Chelle a 18 meses de prisión como inductores de un delito de malversación de caudales públicos. El tribunal, que les ha aplicado a los cuatro acusados -un quinto, el ex consejero de Inververcaria Bienvenido Martínez fue absuelto por la retirada de los cargos de la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular- la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, impone además a los acusado que indemnicen conjunta y solidariamente a Inverseed -la sociedad que siguió a Invercaria- con la cantidad de 1.363.280,90 euros, cantidad en la que se ha cuantificado el "perjuicio total causado al erario andaluz", según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico.
El juicio de Cedes es el quinto juicio de la macrocausa de Invercaria, y la Fiscalía Anticorrupción había pedido penas de hasta seis años de cárcel.
La Sección Primera de la Audiencia declara como hechos probados en la sentencia que en una fecha no exactamente determinada pero en todo caso en días próximos a comienzos del mes de agosto de 2008, los acusados José Luis Manzano -ya fallecido- y Federico Mañero, se reunieron en la sede de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, con la también acusada, Isabel de Haro Aramberri, entonces Secretaria de Industria, y el consejero del ramo Francisco Vallejo.
Dicha reunión fue propiciada gracias a la relación de conocimiento que Isabel de Haro había mantenido con Manzano y de la misma surgió "el compromiso de financiar y acompañar económicamente el proyecto que llevaban y que consistía en síntesis en la creación de una compañía de energía eólica, aunque en ese momento se limitó a una presentación inicial en un Power Point".
No consta que Vallejo tuviera posterior intervención en los hechos, precisa el tribunal que señala que finalizada la reunión, Isabel de Haro contactó con Tomás Pérez Sauquillo, como presidente y consejero delegado de Invercaria, a quien le "encomendó la puesta en marcha de todo lo necesario para invertir y ayudar a los promotores en la compañía. Para ello y para los actos que sucedieron, Tomás Pérez Sauquillo, tomó las decisiones de otorgar ayudas consistentes en participación de capital y préstamos participativos, sin cumplir el trámite interno establecido en el Plan Director de Inversiones de Invercaria, que cuanto menos comprendía el análisis del mismo en su vertiente financiera y estratégica, así como los trámites previstos en la Orden de 24 de mayo de 2005, y todo ello sin más motivación que la orden dada por Isabel de Haro".
Posteriormente, Invercaria por "decisión de su presidente, no realizó ningún seguimiento ni control de la inversión". Isabel de Haro, que consciente que el proyecto "no era analizado ni desde Invercaria, ni desde la Agencia IDEA, estableció como únicos mecanismos semejantes a un control, que personal de la Agencia IDEA, entre los que se encontraba ella misma, fueran nombrados vocales del Consejo de Administración de la naciente Cede Electria". Así Francisco Oyonarte, asesor jurídico y secretario no consejero de IDEA e INVERCARIA fue secretario no consejero de la mercantil en proyecto y Bienvenido Martínez, directivo de la Agencia IDEA y consejero de INVERCARIA fue consejero de la mercantil.
En cualquier caso, subraya la Audiencia, "la actitud y conducta de Isabel de Haro, fue absolutamente pasiva. A pesar de ser convocada a los consejos de administración de CEDES ninguna intervención tenía, ninguna documentación recababa, ninguna dación de cuentas realizaba ni a INVERCARIA, ni a la Agencia IDEA y nada hizo para evitar los hechos que se describirán".
"Tal fue la dejación de funciones en el seguimiento de las inversiones que no es sino hasta 30 de junio de 2012, cuando consta en el expediente de INVERCARIA un IPO, Informe de Progreso de la Operación", aseveran los magistrados en la sentencia.
CEDES ELECTRIA, COMPAÑÍA ELÉCTRICA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A. se constituyó el 1 de agosto de 2008, como sociedad de desarrollo de proyectos energéticos. Su domicilio social y de operaciones ha sido Madrid, siempre y en todo caso, sin embargo "con la finalidad de cometer los hechos que se describen y de manera que pareciera que era un proyecto andaluz y se vinculara a Andalucía, se establecieron de manera ficticia como domicilio, primero el de la propia INVERCARIA, calle Isaac Newton, 4, 2°, pabellón de Italia en la Isla de la Cartuja de esta capital y luego en calle Adriano, 16".
En la constitución de la misma, agosto de 2008, participó INVERCARIA entrando con 42.000 euros al capital social, una participación por "decisión personal de Tomäs Pérez Sauquillo", que no contó con respaldo del departamento de inversiones ni fue aprobada por el comité de inversiones. Después, el 22 de octubre de 2008, Tomás Pérez Sauquillo, concedió un primer préstamo participativo de 408.000 euros, un crecido que no fue aprobado en Consejo de administración sino hasta en sesión de 15 de julio de 2009.
Al mismo tiempo, se aprobó por indicación de su presidente una inversión adicional de 700.000 euros que fue posteriormente aprobada por el Consejo Rector de la Agencia IDEA, el 28 de julio de 2009. Esta inversión, "tampoco fue analizada por el departamento técnico, ni pasó por el Comité de Inversiones, a pesar de que en el acta del Consejo así se haga constar".
El tribunal concluye asimismo que CEDES, por decisión de su presidente José Luis Manzano, y la "total pasividad" de Isabel de Haro y Tomás Pérez Sauquillo, siempre ejerció su actividad a través de terceros y se sirvió de las compañías de sus socios, de tal manera que "enriqueció a estos con una fuerte contratación con entidades vinculadas. CEDES gastó y en consecuencia transfirió en los ejercicios de su vigencia a sociedades vinculadas con sus socios, la totalidad de 6.524.531 euros".
El perjuicio total causado al erario andaluz asciende, según el tribunal, a 1.363.280,90 euros, que se desglosan de la siguiente forma:
-De las aportaciones dinerarias de capital: 42.000,00 euros
-Del principal impagado: 1.108.000,00 euros.
-De los intereses ordinarios devengados impagados: 52.628,08 euros De los intereses de Mora devengados impagados: 11.182,52 euros.
-Del lucro cesante (intereses ordinarios no aplicados): 149,470,31 euros.
La Fiscalía Anticorrupción sostuvo igualmente en el juicio que los fondos públicos que Invercaria inyectó en Cedes Electria se emplearon en “proyectos de terceros, entre los que destaca el proyecto Electria Wind y Eolincyl”, y advirtió de que Cedes con la única financiación del caudal público andaluz costeó la totalidad de los proyectos Electria Wind y Eolincyl “a cambio de nada, pues nada obtuvo finalmente”.
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