Movimiento vecinal

Nueva condena al okupa violento por amenazar a la joven que le hace frente

  • La juez le impone el “grado máximo” de condena por su reiteración y gravedad

  • La víctima hizo un relato “persistente y coherente” de las amenazas recibida

Los perros del acusado asomados a su ventana

Los perros del acusado asomados a su ventana

La juez de instrucción 5 de Sevilla ha condenado a tres meses de multa con cuota de 6 euros (540 euros) al okupa violento de la Barriada Villegas que ha sido denunciado por sus vecinos por tener una perrera ilegal en el patio comunitario y por amenazarles con una catana.

En esta ocasión, la condena es por un delito continuado de amenazas porque el 23 de mayo de 2019 Ismael F.R. se presentó con su coche cerca de la vivienda de Sonia A.M., la joven que ha encabezado un movimiento vecinal contra estos okupas. Una vez allí hizo varias pasadas, se detuvo delante de ella “en actitud provocadora” y le dirigió expresiones como “antes de entrar en prisión te voy a matar, a ti te mato rubia, puta, por haber hecho que tengamos que dejar el piso”.

Al día siguiente la volvió a abordar cuando salía de una copistería y le dijo “puta, te voy a matar, te voy a abrir en canal, te tengo que coger”.

En la sentencia, a la que tuvo acceso este periódico, la juez dice que lo manifestado por Sonia “merece la credibilidad teniendo en cuenta el conflicto previo entre las partes, toda vez que el denunciado culpa a ésta  de haber sido desalojado del inmueble que venía ocupando ilegítimamente”. La joven hizo unas manifestaciones “persistentes y coherentes” relatando como en dos días consecutivos el denunciado se dirigió a ella “de manera expresa con locuciones de innegable contenido intimidatorio”.

Estas manifestaciones “han sido corroboradas por los testigos, quienes aseguran haber visto y oido al denunciado dirigirse en actitud muy agresiva y en términos muy violentos a la denunciante y a otros vecinos de la zona con expresiones que reproducen las relatadas por la denunciante”.

Teniendo en cuenta la repetición de las intimidaciones, la juez califica el delito como continuado, lo que determina la imposición de la pena en su mitad superior, y “teniendo en cuenta que la naturaleza de los hechos es cercana a la figura delictiva del delito contra contra la administración de Justicia, procede la imposición de la pena su grado máximo”, afirma la sentencia.

Además se impone a Ismael un alejamiento a más de 300 metros de Sonia por su “persistencia en el abordaje intimidatorio”.

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