Sentencia

Cuatro años de cárcel para un abuelo que abusó de su nieta

  • No podrá comunicarse con ella durante diez años y tendrá que pagarle 3.000 euros de indemnización

Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla

Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a cuatro años, seis meses y un día de prisión a un hombre, de 80 años y cuyas iniciales son M. I. G., acusado de abusar sexualmente de su nieta con quien convivió entre julio de 2016 y febrero de 2017 en un vivienda ubicada en una pequeña localidad de la provincia sevillana.

En la sentencia, la Audiencia condena al acusado por un delito continuado de abuso sexual a cuatro años, seis meses y un día de cárcel, y le impone además la prohibición de que se comunique o se aproxime a la víctima a menos de 300 metros por un periodo de diez años. Asimismo, la Sala obliga al abuelo a indemnizar a la menor de edad con la cantidad de 3.000 euros así como al pago de las costas procesales.

Según informa Europa Press, en la sentencia la Audiencia considera probado que M.I.G. estuvo residiendo en el domicilio de su hija junto a sus nietos y su yerno.Durante ese tiempo, el acusado solía quedarse con su nieta en el salón de la vivienda viendo el televisor y aprovechaba las ocasiones en las que su hija se encontraba en otras estancias del domicilio para, "con ánimo de satisfacer su apetito sexual", acariciar y tocar a la menor de siete años "introduciendo para ello las manos por debajo de su ropa interior".

El fallo añade que con "idéntico fin", el acusado hizo creer a la menor en diversas ocasiones que "jugaba a las cosquillas y le tocó los pechos" y, alguna vez, "la llegó a besar en la boca".

La Sala ha considerado probados los hechos basándose para ello en el propio reconocimiento de los mismos efectuado por el acusado, que mostró su conformidad con la calificación, penas y medidas interesadas por la Fiscalía, la cual solicitaba inicialmente una pena de seis años de prisión para el encausado. Con todo, la sentencia, que fue dictada en sede judicial 'in voce', es firme y no cabe posibilidad de recurso alguno.

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