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El alcalde se persona en la causa por las contrataciones a Guerra XXI

  • José Luis Sanz señaló en un escrito remitido a la juez la "gravedad de las acusaciones recogidas en el informe de la Fiscalía

El alcalde, José Luis Sanz.

El alcalde, José Luis Sanz. / josé manuel vidal / EFE

El juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla ha aceptado la solicitud del alcalde de Tomares y senador por dicha provincia, José Luis Sanz (PP), para figurar como parte personada en las diligencias relativas a las adjudicaciones del Ayuntamiento de dicho municipio aljarafeño a la sociedad Guerra XXI y otras empresas ligadas a ella, según una providencia emitida el pasado 17 de octubre y recogida por Europa Press.

En la citada resolución, la instructora accede a la petición cursada el pasado mes de agosto por la representación legal de José Luis Sanz, que en un escrito elevado al juzgado señalaba el informe emitido por la Fiscalía el pasado 14 de julio, respecto a la mencionada investigación judicial. En dicho escrito, la representación de José Luis Sanz expone que en su informe, la Fiscalía "hace constar que" sobre el alcalde de Tomares y senador por Sevilla "pesan indicios de haber cometido presuntamente un ilícito penal en distintas contrataciones (...) junto con otros investigados entre los que figuran otros miembros de la Corporación municipal, personas éstas a las que se les habría comunicado en su día la condición de investigados".

El Tribunal Supremo ya archivó en 2015 la investigación a José Luis Sanz

En ese sentido, la representación del alcalde señala "la gravedad de las afirmaciones recogidas en el informe" de la Fiscalía, considerando que procede "la personación" de Sanz en las diligencias judiciales, "a fin de conocer si tiene la condición de investigado", toda vez que el primer edil de Tomares goza de aforamiento a cuenta de su acta como senador.

Así, en este escrito cuyas peticiones han sido aceptadas, la representación de José Luis Sanz solicitaba su personación en la causa, para que el propio juzgado informe de si el mismo "tiene la condición de investigado" en las diligencias incoadas. Eso sí, la representación legal de Sanz se reserva "el derecho a instar la nulidad de las actuaciones si se constata una vulneración del legítimo derecho de defensa, teniendo en cuenta que las diligencias fueron incoadas hace más de tres años, sin haber tenido intervención alguna en ellas, además de cuestionarse la competencia del juzgado en el caso de que se le considere como investigado, debido a su condición de aforado".

Estas diligencias judiciales concretas se encuadran en el testimonio deducido por el juzgado de Instrucción número 8, respecto a la investigación inicial de las retribuciones del Ayuntamiento de Tomares al popular Juan Campos, por unos breves informes cuando aún no formaba parte del Gobierno municipal. Aquella investigación inicial, que incluyó a varios miembros del Gobierno municipal del PP, fue archivada por la juez instructora a comienzos de agosto, toda vez que ya en 2015, el Tribunal Supremo archivó las actuaciones de José Luis Sanz al no apreciar delito alguno por parte del alcalde tomareño en los hechos indagados. Pero durante la instrucción de dichas diligencias, la juez había deducido testimonio e incoado una nueva causa, con relación a las contrataciones del Ayuntamiento de Tomares en favor de la empresa Guerra XXI, al atisbar un posible delito.

Estas nuevas diligencias, separadas de la causa inicial y en las que se encuadra la reciente providencia de la juez, se centran en la presunta creación de "un entramado empresarial desde 2007 hasta 2014", para que ciertas empresas supuestamente ligadas a Américo García, José Candón y María del Carmen Guerra fuesen las "únicas adjudicatarias" de "determinados contratos de servicios del Ayuntamiento".

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