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Caso camas

La defensa revela que no existen cintas originales del soborno

  • Los imputados piden la nulidad de los 'pinchazos' y la Fiscalía se opone

Dos años después de que se destapara el escándalo por el presunto intento de soborno a la ex concejal de Camas Carmen Lobo, las defensas de los cuatro imputados revelaron que la Policía no ha aportado las cintas originales de los pinchazos telefónicos practicados durante la fase de investigación, sino una selección realizada por los propios investigadores en soporte informático.

Este extremo, que fue reconocido ayer por la propia Fiscalía durante una vista celebrada en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial para resolver sobre tres recursos pendientes, llevó a los abogados defensores a pedir la nulidad de estas escuchas telefónicas y de todas las pruebas derivadas de ellas. El abogado José María Calero, que defiende al ex alcalde de Camas Agustín Pavón, recordó en su exposición que la jurisprudencia ha sentado la base de que el resultado de las intervenciones telefónicas puede aportarse al juzgado en cualquier formato, incluido el CD, pero siempre que las grabaciones sean "íntegras y originales", un requisito legal que, según afirmó, no se cumple en este caso puesto que las grabaciones están "troceadas", presentadas en distintos archivos informáticos correspondientes a diversos días y comenzando por la noche previa al Pleno municipal del 13 de septiembre de 2005 en la que el intermediario Eusebio Gaviño entregó un sobre con 12.000 euros a la edil Carmen Lobo a cambio presuntamente de que votara a favor de determinadas propuestas.

El letrado defensor argumentó que el auto que acordó las escuchas es "nulo de pleno derecho" porque adolece de la falta de motivación suficiente, se concedió únicamente a raíz de "la denuncia de Francisco Gordo", un ex militante de IU que reconoció a la Policía su "enemistad" con el entonces alcalde, y además tampoco existió un control judicial de la medida. José María Calero anunció su intención de plantear la nulidad de las escuchas ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y el Tribunal Constitucional, pero consideró que los magistrados de la Audiencia deberían aceptarla porque acudir a estas instancias judiciales superiores "provoca un gasto, un perjuicio y un desgaste de la Administración de Justicia que habría de evitarse".

El fiscal Arcadio Martínez se opuso a la nulidad del auto que posibilitó las intervenciones telefónicas porque, si bien reconoció que la resolución es "manifiestamente mejorable" en cuanto a su motivación, el Tribunal Supremo al referirse a estos autos sin bastante fundamento ha puesto de manifiesto que pueden "completarse con la investigación policial" y examinar cada caso concreto. El fiscal también argumento que aunque los pinchazos se autorizaron sólo con la declaración de Francisco Gordo, la denuncia "no es genérica, sino que da detalles, reuniones, nombres y lugares" del presunto delito de cohecho que se intentaba consumar, por lo que "era posible creer que se había intentado comprar el voto de Carmen Lobo".

El letrado José Manuel García-Quílez, que representa a Gaviño, añadió que el delito denunciado no tenía la suficiente gravedad como para que se acordara una medida tan excepcional y recordó, como prueba de la escasa gravedad, que todos los acusados fueron puestos en libertad por la propia Policía sin ser conducidos ante el juez.

Junto a la nulidad de las escuchas, las defensas también recurrieron las decisiones del juez que transformó la causa en un procedimiento de la ley del jurado, y argumentaron que el caso se "cerró en falso" por cuanto, según dijo el letrado Pedro Pérez-Montero, "está acreditado que ha existido una trama-trampa con una verdadera provocación del delito".

El abogado José Manuel Ramos Cardona, que representa al ex edil José del Castillo, estimó que cuando se inició el proceso del jurado no existían más que "sospechas" de la participación de su cliente, no una "verosimilitud".

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